T-595 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Cesar Augusto Tirado Gonzalez Vs. Administración Del Conjunto Ciudadela Cafam Ii Etapa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia cuando se evidencia vulneración o limitación arbitraria a los derechos fundamentales y otros mecanismos judiciales resultan ineficaces
- Cuando su conducta omisiva afecte grave y directamente a quien se halle en estado de indefensión o subordinación
- Vulneración al no dar oportunidad para ejercer derecho de defensa
- Carece de competencia para sancionar conductas de personas que amenacen tranquilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de residentes de conjunto residencial por las decisiones de la administracion de estar reportando quejas sobre el comportamiento de los menores que estos no han propiciado.
Solicita se obligue a la administración a cesar las conductas perturbadoras que alteran las relaciones en su núcleo familiar.
Procedencia de la accion de tutela contra particulares.
Los derechos de los niños la responsabilidad de los padres cuando viven en comunidad y los limites de la administración de un conjunto residencial.
Se concedera la accion de tutela ordenando a la administración del conjunto demandado que con le fin de asegurar la convivencia de los habitantes del edificio ciudadela cafam ii etapa adopte los mecanismos necesarios para la solucion de los conflictos que se presenten al interior del mismo respetando el debido proceso y el principio de proporcionalidad en las medidas impuestas.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Revocase el fallo proferido el dia veintisiete (27) de enero de 2005, por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Bogota, dentro del proceso de tutela instaurado por el senor Cesar Augusto Tirado Gonzalez y sus tres menores hijos, por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo.
- En consecuencia, Concedase la proteccion del derecho fundamental al debido proceso. Ordenase a la administracion del Conjunto demandado que con el fin de asegurar la convivencia de los habitantes del Edificio Ciudadela Cafam II Etapa, adopte en el termino maximo de un (1) mes, contado a partir de la notificacion de esta providencia, los mecanismos necesarios para la solucion de los conflictos que se presenten al interior del mismo
- Segundo. Prevengase al senor Cesar Augusto Tirado Gonzalez para que en aras del mutuo respeto y la reciproca deferencia necesarios para la convivencia pacifica en una comunidad habitacional, en ejercicio de la patria potestad, adopte las medidas necesarias para que sus menores hijos puedan disfrutar de sus derechos, respetando los derechos de los demas.
- Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.