C-490 de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Angela Maria Restrepo Londoño Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Mayores de edad deben soportar una carga superior de molestia por la actuación de menores
- Deber de los padres para que hijos jueguen y se expresen sin perturbar a los demás
- Garantía del debido proceso
- No restricción de comportamientos que no traspasan ámbito personal del ciudadano y no perjudican a terceros
- Represión en audiencia pública a padres debe observar el debido proceso
- Represión en audiencia pública de padres que permiten a hijos intranquilizar al vecindario con juegos o travesuras
- Límites
- Abuso del derecho por los padres
- No elude responsabilidad penal de padres
- No vulneración de la Constitución institucionalización de la justicia de menores
- Restricción en juegos para protección de la tranquilidad
- Sujeto de derechos y deberes
- Distinción
- Uso racional y proporcionado
- Finalidad primordial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 1355 de 1970.
Art. 202 num. 5.
Codigo nacional de policia.
Competencia de los comandantes de estacion y subestacion para imponer medidas correctivas por comportamientos que afecten la convivencia pacifica integridad y tranquilidad.
Poder y funcion de policia
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1355/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE :
- Declarar exequible el numeral 5º del artículo 202 del Decreto 1355 de 1970, "Por el cual se dictan normas sobre policía", Código Nacional de Policía, bajo el entendido de que previa a la imposición de la medida correctiva, se garantice el cumplimiento del debido proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.