T-549 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Angela Maria Bedoya Murillo Vs. Salud Total
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
- Situación legal para acceder a las prestaciones económicas
- Caso en que se ha presentado interrupción de días de cotización
- Interpretación del artículo 63 del Decreto 806/98
- Reglas para reconocimiento y pago
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital la igualdad la salud la vida en condiciones dignas la proteccion a la maternidad y los derechos del recien nacido de afiliada en el regimen contributivo a quien la entidad se niega a cancelarle las prestaciones economicas por concepto de licencia de maternidad aduciendo que las cotizaciones efectuadas se efectuaron de manera interrumpida.
La licencia de maternidad y su proteccion constitucional.
Posición de la corte constitucional respecto de la procedencia de la accion de tutela para demandar el pago de la licencia de maternidad.
Situacion legal para acceder a las prestaciones economicas que se derivan de la licencia de maternidad.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia, la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. (1º) Penal del Circuito de Manizales, de enero once (11) de dos mil cinco (2005), el cual a su vez confirmó el fallo proferido por el Juzgado
- Quinto. (5º) Penal Municipal de la misma ciudad, proferido el 9 de noviembre de 2004, que concedió el amparo a los derechos fundamentales de la señora Ángela María Bedoya Murillo.
- Segundo. Por Secretaria General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.