Micelio
Sentencia de Tutela13 de julio de 2006

T-547 de 2006

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Ernesto Montoya Monsalve Vs. Iss Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Acceso a prestación de servicios médicos
  • Consagración constitucional
  • Fundamental autónomo cuando se está frente a sujetos de especial protección
  • Instrumentos internacionales de protección
  • Fundamental autónomo en relación con contenido esencial
  • Fundamental por conexidad con la vida digna
  • Protección por medio de la acción de tutela
Derecho A La Seguridad Social
  • Fundamental por conexidad con la vida
Empleador
  • Obligación de cancelar aportes
  • Debe reportar novedades laborales de sus trabajadores a la entidad en salud a la cual se encuentran afiliados
  • Responsabilidad por reporte no oportuno de novedades laborales de sus trabajadores
Entidad Promotora De Salud
  • Mora de empleador no es óbice para suministrar servicios en salud cuando está en juego vida de trabajador
Derecho A La Seguridad Social En Salud
  • Responsabilidad del empleador por la efectiva cobertura para trabajadores y beneficiarios
Juez De Tutela
  • Competencia para resolver sobre la vulneración del derecho a la seguridad social
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Estado debe crear políticas tendientes a lograr cobertura plena en prestación de servicios en salud
  • Tipos de participantes
Regimen Subsidiado De Seguridad Social En Salud
  • Tiene como finalidad atender a toda la población pobre y vulnerable del país
9 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la salud y la seguridad social de beneficiario del regimen subsidiado a quien la ars se niega a prestarle el servicio que requiere por cuanto la eps a la que estuvo afiliado no lo excluye del sistema aduciendo mora de su antiguo empleador en la diligencia de la planilla de novedades correspondientes pese a sus padecimientos tales como haber sufrido un paro cardiaco dos derrames y tres hernias en la columna.

Solicita se ordene la prestacion de los servicios requeridos.

Procedencia de la accion de tutela para el acceso al servicio de salud.

Los principios constitucionales y la normatividad en materia de seguridad social en salud.

Afiliacion a los regimenes subsidiado y contributivo.

El derecho a la salud y a la seguridad social tienen carácter fundamental cuando afectan el derecho a la vida digna.

Obligacion del empleador de cancelar los aportes.

La mora del empleador no puede ser obice para que los trabajadores accedan a los servicios sin perjuicio de la facultad que tiene el deudor de cobrar lo adeudado.

La ars dispondra lo conducente para la atencion inmediata del actor.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Cuarto. de Menores de Medellin el 6 de febrero de 2006, para decidir la accion de tutela instaurada por Ernesto Montoya Monsalve, contra el Seguro Social, la Direccion Seccional de Salud de Antioquia y la ARS COMFENALCO y en su lugar CONCEDER al senor Ernesto Montoya Monsalve el amparo de sus derechos a la vida, a la salud y a la seguridad social.
  3. Segundo. ORDENAR a la A.R.S COMFENALCO disponer lo necesario para que el senor Montoya Monsalve acceda efectiva e inmediatamente a la atencion en salud que requiere y a la Direccion de Salud de Antioquia que vigile y controle la prestacion del servicio.
  4. Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.