Micelio
Sentencia de Tutela27 de mayo de 2004

T-529 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Claudia Marcela Acosta Venegas Vs. Universidad Militar "nueva Granada"

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital De Diseñadora Grafica E Hija. Solicitud Reintegro. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Licencia De Maternidad. Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Contrato De Prestacion De Servicios. Facultad De Educacion A Dis
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria De Mujer Embarazada
  • Procedencia excepcional para reintegro
Contrato De Prestacion De Servicios
  • No renovación por encontrarse la accionante en estado de embarazo
Derecho Al Minimo Vital Reforzado De La Madre Y Su Hijo Recien Nacido
  • Protección por desvinculación laboral
  • Desvinculación laboral constituye perjuicio irremediable
  • No se renovó contrato de prestación de servicios
Mujer Embarazada
  • Requisitos para el despido
  • Protección constitucional especial
Accion De Tutela Transitoria
  • Reintegro al cargo después del parto
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar la sentencia proferida el nueve (9) de diciembre de dos mil tres (2003) por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, que confirmó la sentencia de primera instancia del Juez 18 Laboral del Circuito de Bogotá, de fecha treinta y uno (31) de octubre del mismo año.
  2. SEGUNDO. Conceder la tutela transitoria a los derechos fundamentales de Claudia Marcela Acosta Venegas y Sara González Acosta, con el propósito de evitar un perjuicio irremediable y, en consecuencia, ordenar a la Universidad Militar "Nueva Granada" que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, reintegre a Claudia Marcela Acosta a la Facultad de Educación a Distancia, en las mismas condiciones en que venía prestando sus servicios como diseñadora gráfica.
  3. TERCERO. Ordenar a Claudia Marcela Acosta Venegas que dentro del término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la notificación del presente fallo, instaure acción laboral ordinaria en contra de la Universidad Militar "Nueva Granada" para que de manera definitiva se resuelva sobre sus solicitudes de reintegro y de pago de prestaciones sociales, salarios atrasados e indemnizaciones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.