Micelio
Sentencia de Tutela29 de junio de 2006

T-495 de 2006

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Luz Amparo Martinez Berrio Vs. Gobernacion Del Valle Del Cauca Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por expedición de bono pensional y reconocimiento de pensión de vejez
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social y el minimo vital de persona que solicito al iss el reconocimiento de su pension de jubilacion por haber cumplido los requisitos de tiempo y servicio exigidos pero la entidad se niega a reconocerla por la mora en el pago de la cuota parte de un bono pensional.

Solicita se ordene la expedicion o cancelacion del bono pensional.

El iss expidio resolucion de reconocimiento de la pension y ordeno el pago retroactivo a que tiene derecho la accionante.

Negada por carencia actual de objeto

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada mediante auto del veintidós (22) de mayo de dos mil seis (2006).
  2. Segundo. DECLARAR que existe carencia actual de objeto por presentarse un hecho superado, y por esta única razón CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Segundo. Penal del Circuito de Cartago, (Valle), el dieciocho (18) de noviembre de dos mil cinco (2005) que negó la acción de tutela promovida por la señora Luz Amparo Martínez Berrío.
  4. Tercero. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.