Micelio
Sentencia de Tutela9 de marzo de 2007

T-171 de 2007

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Yolanda Perez Ascanio Vs. Saludvida

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por práctica de cesárea de emergencia en la que fue extraído un feto con múltiples malformaciones que hicieron inviable su vida
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la libertad de aborto quirurgico de mujer que presenta embarazo de mas de cinco meses a quien la entidad le certifica una grave malformacion del feto denominada anencefalia ademas de otras malformaciones pero no le prescribe la interrupcion del embarazo con base en las causales de despenalizacion del aborto y como quiera que es voluntad de la gestante la aplicacion de dicho procedimiento.solicita se ordene la intervencion que interrumpa su gestacion.

Hecho superado por la practcia de cesarea de emergencia en el hospital erasmo meoz.carencia actual de objeto

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto, en el proceso de accion de tutela de la referencia por tratarse de un hecho superado.
  2. Segundo. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
  3. Primero. Civil Municipal de Cucuta en contra SALUDVIDA y el Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander, pero exclusivamente por los motivos expuestos en esta providencia.
  4. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.