T-493 de 2012
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Leonel Queragama Borocuara·Demandado Accion Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia
- Condiciones para ser considerado como una persona en esa situación
- Causales de exclusión
- Inscripción en el SISBEN en un municipio diferente al de residencia no puede ser motivo suficiente para negar inscripción
- Casos en que resulta procedente ordenar a Acción Social el registro
- Reiteración de jurisprudencia
- Registro de las personas afectadas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital, vida digna, igualdad, familia, protección especial de la población desplazada.
El demandante es miembro de una comunidad indígena y además hace parte de la población desplazada, al ser víctima de amenazas y persecución por parte de grupos armados al margen de la ley.
La pretensión principal de la acción de tutela es que el actor y su grupo familiar obtengan su inscripción en el RUPD, en razón a que esta petición la negó la entidad accionada por considerar que la declaración rendida era contraria a la verdad, por aparecer afiliada la esposa del demandante, al régimen subsidiado a través del SISBEN en un municipio diferente al lugar de desplazamiento.
La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.
Concepto de desplazamiento interno forzado. 2º.
Criterios para la valoración de la declaración de desplazamiento formado de miembros de una comunidad indígena y 3º.
Causales de no inclusión en RUPD, particularmente cuando la declaración resulte contraria a la verdad.
La Sala considera que la entidad accionada efectúo una interpretación de las normas aplicables contraria a los principios de favorabilidad y buena fe y que, además exigieron requisitos formales irrazonables y desproporcionados al actor para incluirlo en el Registro.
Se CONCEDE la tutela y se ordena la realización de una segunda valoración a la declaración rendida por el actor y a las circunstancias que llevaron a su alegado desplazamiento forzado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 4 de octubre de 2011, por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Armenia, Quindio, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital, a la vida digna, a la igualdad, a la familia y a la proteccion especial de la poblacion desplazada del senor Leonel Queragama Borocuara y su familia.
- SEGUNDO. ORDENAR a Accion Social - hoy Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas- que, en un termino de quince (15) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia, proceda a realizar un segunda valoracion a la declaracion del senor Leonel Queragama Borocuara y de las circunstancias que llevaron a su alegado desplazamiento forzado. En dicha evaluacion, Accion Social - hoy Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas- debera tener en cuenta la calidad indigena del actor e incorporar elementos probatorios adicionales a los ya considerados y conforme a las normas jurisprudenciales expuestas.
- TERCERO. Sin perjuicio de que sea o no considerado victima de desplazamiento forzado, ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas, informar e instruir al senor Juan Pablo Quiroz Quintero sobre como reclamar sus derechos como victima del conflicto armado interno, en el marco de lo consagrado en la Ley 1448 de 2011.
- CUARTO. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.