Sentencia de Tutela26 de septiembre de 1997
T-481 de 1997
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Maria Teresa Martinez
✓
Tema · dato duro
Der. A La Integridad Fisica. Alimentacion Educacion Y Recreacion De Los Niños. Carencia De Agua Potable En Escuela. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud
- Deficiencias en servicios de acueducto y alcantarillado para menores estudiantes
Derecho A La Educación
- Condiciones ambientales para menores
- Desarrollo integral
Establecimiento Educativo
- Deficiencias en servicios de acueducto y alcantarillado
- Terminación de acueducto por Alcalde
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del once (11) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997), proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Soraca (Boyaca) dentro del expediente T-119241.
- Segundo. CONFIRMAR el fallo del cuatro (4) de julio del ano en curso, dictado por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Tunja (Boyaca) dentro del expediente T-119242.
- Tercero. ACLARAR el numeral
- segundo. de la parte resolutiva del fallo de segunda instancia en el expediente 119242, en el sentido de que el servicio de agua para la escuela de Puente Hamaca, debe permitirlo el Comite de Suscriptores del Acueducto de la vereda de Otro Lado.
- Cuarto. ACLARAR el numeral
- tercero. de la parte resolutiva de dicho fallo, en el sentido de ordenar al Alcalde Municipal de Soraca que continue con las gestiones administrativas que ya debio iniciar, para que, en el improrrogable termino de tres (3) meses, contado a partir de la notificacion de esta providencia, consiga la terminacion total y puesta en funcionamiento del acueducto de la vereda de Puente Hamaca.
- Quinto. LIBRAR por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-133/95Titularidad De La Accion De Tutela. Der. De Peticion. Espacio Publico. Der. De Asociacion. Negada.T-092/95Der. A La Vida. Der. A La Salud. Construccion De Acueducto. Aguas Contaminadas. Huila. Concedida.SU.043/95Der. A La Salud. Der. A La Seguridad Social. Cobertura Familiar. E.P.S. Menor Con Enfermedad Incurable. Concedida.C-367/95C.C. Art. 1617. Pensiones. Pago De Intereses. Obligatoriedad De La Doctrina Constitucional. Exequible.C-083/95Ley 153/87 Art. 8. Obligatoriedad De La Doctrina Constitucional. Analogia. Ppios Grales Del Derecho. Exequible.T-306/94Ders. Colectivos. Servicios Publicos Domiciliarios. Suministro De Agua Potable. Negada.
Ver las 14 →Citada por23
C-154/20Acceso A Agua Potable En Situaciones De Emergencia Sanitaria. Reconexión Del Servicio A Suscriptores Residenciales Suspendidos. Suspensión Incrementos Tarifarios. Uso De Recursos Del Sistema General De Participaciones.T-167/19Derecho De Acceso A La Educacion En Condiciones Dignas De Niños, Niñas Y Adolescentes.T-044/19Derecho De Peticion Y Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad. Acceso A Cantidades Minimas De AguaT-279/18Derecho A La Educacion De Niños, Niñas Y Adolescentes. Acceso Al Servicio Educativo En Condiciones De Dignidad.T-118/18Derecho Al Agua Potable. Proteccion Constitucional Como Derecho Fundamental Autonomo.T-232/17Derecho A La Dignidad Humana De Personas Privadas De La Libertad. Vulneracion Por Hacinamiento Y Falta De Salubridad Al Interior De Los Establecimientos Carcelarios.
Ver las 23 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.