T-407 de 2010
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Carmen Cecilia Garcia·Demandado Icetex
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que se solicita que se descargue de un crédito una suma cobrada por error
- Caso en que se solicita que se descargue de un crédito una suma cobrada por error
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Petición.
La accionante adquirió un crédito ante el ICETEX, sin embargo a dicha obligación se le imputó por error la suma de un millón ciento setenta mil pesos adicional, comenta que solicitó mediante derecho de petición que se corrija el error, sin embargo hasta el momento en que interpuso la acción no se le había dado ningún tipo de respuesta.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho de petición, se encuentra que la entidad accionada no dio una respuesta clara a la petición hecha por la accionante, por lo tanto considera que aún no se le había brindado una respuesta valida a la accionante, por lo tanto se ordena a la entidad accionada, enviar una nueva comunicación, en la cual responda en forma clara, precias y completa, una explicación sobre las operaciones realizadas especificando no solo los valores descontados, con base en el error en que se incurrió en el ICETEX, sino en forma concreta cómo se aplicaron los intereses al capital, las tasas y toda la información necesaria para justificar la obligación que se cobra.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el 16 de diciembre de 2009, que confirmo el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Barranquilla el 27 de octubre de 2009, y en su lugar tutelar el derecho de peticion de la senora Carmen Cecilia Gracia de De la Rosa.
- Segundo. ORDENAR al Instituto Colombiano de Credito Educativo y Estudios Tecnicos en el Exterior ICETEX, que en un termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, envie a la senora Carmen Cecilia Gracia de De la Rosa, una nueva comunicacion, en la cual responda en forma clara, precisa y completa, si aun no lo ha hecho, una explicacion sobre las operaciones realizadas especificando no solo los valores descontados, con base en el error en que incurrio el ICETEX, sino en forma concreta como se aplicaron los intereses al capital, las tasas y toda la informacion necesaria para justificar la obligacion que se cobra.
- Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.