Sentencia de Tutela9 de mayo de 2002
T-356 de 2002
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Lilia Macias Motta Vs. Hospital Erasmo Meoz De Cucuta Y Otra
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago Subsidio Familiar A Menor De Edad. Ley 21 De 1982. Estatuto Organico Del Sistema General De Seguridad Social En Salud. Decreto 1298 De 1994. Comfaoriente. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Subsidio Familiar
- Naturaleza jurídica
Accion De Tutela A Favor De Menores
- Indefensión
- No se requiere demostración de perjuicio irremediable
Derecho Al Subsidio Familiar Del Niño
- Procedencia por tutela
Derecho Al Subsidio Familiar
- Fundamental por conexidad
Caja De Compensacion Familiar
- Naturaleza jurídica
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de la ciudad de Cúcuta, el día 6 de diciembre de 2001, y en su lugar CONCEDER la tutela a favor de la señora LILIA MACÍAS MOTTA.
- SEGUNDO. ORDENAR a COMFAORIENTE el pago de las sumas correspondientes al Subsidio Familiar de la señora Macías Motta, por los meses comprendidos entre julio y diciembre de 2000, enero y septiembre de 2001, y los demás meses que se le haya dejado de pagar el subsidio hasta la presente fecha.
- TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-223/98Der. A La Seguridad Social De Los Niños. Der. Al Subsidio Familiar Del Nasciturus. Hija De Policia Fallecido. Concedida.C-508/97Ley 101/93. Arts. 7374 Y 76 Parciales. Creacion De La Caja De Compensacion Familiar Campesina. Exequibles.T-406/92Derecho A La Salubridad Publica. Derecho Al Servicio De Alcantarillado. Estado Social De Derecho. Concedida
Citada por35
T-506/24Derechos De Petición, Habeas Data, Debido Proceso Administrativo Y Mínimo Vital-Suspensión Del Beneficio Del Programa Renta Ciudadana A Pesar De Cumplir Requisitos Para Acceder Al Auxilio Económico.T-233/24Acción De Tutela Para Acceder Al Subsidio Del Programa Renta Ciudadana-Procedencia Del Amparo. Madre En Representación De Su Hijo Quien Cumple Requisitos Para El Auxilio Económico.C-271/21Subsidio Familiar En Dinero. Para Hijos Menores De 18 Años Del Afiliado A La Caja De Compensación Familiar.T-680/15Derechos De Los Niños Como Sujetos De Especial Proteccion Constitucional.T-461/15Estabilidad Laboral Reforzada A Trabajadores En Estado De Incapacidad, Discapacidad, Indefension O Vulnerabilidad.T-362/15Debido Proceso Administrativo. Vulneracion Por Suspension De Incentivos De Educacion Del Programa “mas Familias En Accion” A Persona Condenada Penalmente.
Ver las 35 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.