C-508 de 1997
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Margarita Rodriguez Ramirez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Afiliación no es obligatoria
- Inconstitucionalidad
- Constitucionalidad de régimen de organización y funcionamiento particular
- Recursos
- Trabajadores particulares desempeñando funciones públicas
- Creación
- Naturaleza jurídica
- Constitucionalidad
- No puede vincularse a un Ministerio
- Protección
- Fortalecimiento
- Naturaleza jurídica
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 101/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S UE L V E :
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones "crease" y "vinculada al Ministerio de Agricultura" contenida en el articulo 73 de la ley 101 de 1993, la frase "La aprobacion de los presupuestos anuales de la Caja debera contar con el voto favorable del Ministro de Agricultura", contenida en el paragrafo del articulo 74 de la misma ley, asi como las expresiones " El Ministro de Agricultura o su delegado, quien lo presidira", "El presidente de la Caja de Credito Agrario Industrial y Minero o su delegado", "patronos afiliados", "trabajadores afiliados", "con el voto favorable del Ministro de Agricultura", y la palabra "procedimiento", consignadas en el articulo 76 de la ley 101 de 1993.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.