Micelio
Sentencia de Tutela7 de septiembre de 2021

T-299 de 2021

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Maria Antonia Ramirez Sanchez·Demandado Banco Bbva

Tema · dato duro
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado.Se Reanudo Mesada Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para El Pago De Mesadas Pensionales
  • Procedencia excepcional por afectación del mínimo vital
Acción De Tutela
  • Hecho superado por pago de mesadas pensionales
Accion De Tutela Y Principio De Inmediatez
  • Improcedencia por cuanto no se encuentra justificada la demora de interposición
Agencia Oficiosa De Persona De La Tercera Edad
  • Sujeto de especial protección por su situación de debilidad manifiesta
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

A través de la figura de la agencia oficiosa se interpone la acción de tutela en contra del Banco BBVA, por la presunta vulneración del derecho fundamental al mínimo vital de una persona que padece una patología y que en virtud de ella requiere asistencia de terceros de forma permanente para la realización de todas las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, además de obligarla a estar postrada en cama en un hogar de reposo del adulto mayor.

La conducta que se cuestiona es la negativa de la entidad de pagar la mesada pensional, por no contar un apoyo transitorio o definitivo según la Ley 1996 de 2019.

Luego de verificar los requisitos de procedencia, la Corte verificó que la acción de tutelas no se cumplió el de inmediatez y que por ello era dable confirmar la decisión de instancia que la declaró improcedente.

No obstante lo anterior, verificó que en el presente caso se configuró el fenómeno de la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO, en la medida en que se acreditó en el expediente que se reanudó el pago pretendido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo de unica instancia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Penal Municipal de Fusagasuga con Funciones Constitucionales del Distrito Judicial de Cundinamarca en la accion de tutela interpuesta por Maria Antonia Ramirez en calidad de agente oficioso de Blanca Amalia Navarro Oquendo contra el Banco BBVA - Sucursal Fusagasuga y, en su lugar, declarar la carencia actual de objeto por hecho superado.
  3. Segundo. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.