Micelio
Sentencia de Tutela7 de marzo de 2000

T-268 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Carlos Julio Puentes

Tema · dato duro
Homosexuales. Desfile En Fiestas De San Pedro. Llamado A Prevencion Al Alcalde De Neiva. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Y Accion Popular
  • Criterio para diferenciarlas no es la pluralidad de sujetos
  • Prevalencia
Acción De Tutela
  • Improcedencia para revivir términos
  • Hecho superado
  • Procedencia por vulneración de derechos fundamentales de varias personas
  • Vulneración de derechos fundamentales de personas debidamente identificadas o identificables
Accion Popular
  • Comunidad indeterminada de ciudadanos
  • Interés colectivo
  • Protección de derechos colectivos como espacio público, seguridad, salubridad y medio ambiente
Alcalde
  • Denegación de posibilidad de desfile público de candidatas al reinado nacional "gay"
Autoridades
  • Análisis de proporcionalidad de medida debe considerar grado de afectación de derechos
  • Restricción de derechos debe ser legítima
Diversidad Sexual
  • Papel del Estado
  • Protección constitucional
  • Afirmación y manifestación no está restringido a ámbito personal
  • Límites a derechos
  • Restricción de derechos referente a conductas que objetivamente produzcan daño social
Estado
  • Labor preventiva que haga efectiva condición mínima de interacción social
  • Represión de comportamientos en calles
  • Requisitos para que medida que establece trato diferente sea legítima
  • Restricción de derechos debe ser legítima
Homosexualidad
  • Derechos constitucionales que garantizan trato justo, respetuoso y tolerante
  • Foros para afirmación y manifestación
  • Mera trascendencia social de condición no valida discriminación
  • Protección diversa
  • Criterios sospechosos
  • Expresión pública
  • Límites a derechos
  • Trato diferente por el Estado requiere fundamentación
Homosexual
  • Prohibición absoluta de adelantar desfile
  • Discriminación por evitar trascendencia social
Juicio De Igualdad
  • Intensidad
  • Requisitos para que medida que establece trato diferente sea legítima
Libre Desarrollo De La Personalidad
  • No circunscrito a espacios restringidos o ghetos
  • Proporcionalidad de medida debe considerar grado de afectación de derechos
Pluralismo
  • Diferentes opciones de vida
  • Expresión ciudadana
Travesti
  • Condición no presupone afectación de derechos
Via Publica O Calle
  • Expresión ciudadana
  • Foros de acceso colectivo
Derechos Colectivos
  • Requisitos para su protección por tutela
Homosexualidad En Espacio Publico
  • Manifestación de identidad no presupone a priori alteración del orden social
19 temas · 45 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR en su totalidad el fallo proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, en la acción interpuesta por el señor Carlos Julio Puentes contra la Alcaldía de Neiva, por las razones expuestas en el presente fallo.
  2. Segundo. PREVENIR al Alcalde de la Ciudad de Neiva a fin de que en lo sucesivo, tenga en cuenta las reflexiones de esta providencia en lo concerniente a desfiles públicos en su localidad.
  3. Tercero. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, COMUNÍQUESE al juzgado de origen, quien hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.