Micelio
Sentencia de Tutela20 de marzo de 2009

T-192 de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Jack Zelig Rotlewicz Cohen·Demandado Consejo De Justicia De Bogota D.C. Y Alcaldia Local De Usaquen Del Distrito Capital De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Consejo De Justicia De Bogota
  • Orden de demolición por infracción a normas urbanísticas
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
Derecho A La Vivienda Digna
  • Caso en que no se demostró perjuicio irremediable
  • Casos en que es procedente la protección
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso y a la vivienda digna que el actor estima vulnerados con la actuacion administrativa adelantada por la alcaldia local de usaquen y el consejo de justicia de bogota a traves de la cual se le declaro infractor del regimen urbanistico.

Ello, en su sentir, debido a que (i) se incurrio en defecto factico, pues se valoraron indebidamente algunas pruebas; (ii) se modifico la sancion en segunda instancia en su perjuicio; Y (iii) la determinacion en comento conlleva a la perentoria orden de demoler el inmueble en el que reside. <br>estudio sobre la procedibilidad de la accion de tutela. <br>a falta de un circunstancia de tal magnitud que pudiese dar lugar a un perjuicio irremediable, y ante la disponibilidad e idoneidad de medios ordinarios de defensa judicial, se resolvio la improcedencia de la tutela en el caso bajo revision. <br>negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR, la sentencia proferida el 29 de agosto de 2008 por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Bogotá D.C., que a su vez confirmó el fallo adoptado por el Juzgado Cincuenta y Siete Civil Municipal de la misma ciudad, decisiones que declararon improcedente la acción de tutela de la referencia.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.