Sentencia de Tutela23 de abril de 1998
T-149 de 1998
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Jose Fernando Amaya Arciniegas
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Der. De Posesion. Via De Hecho En Actuacion Policiva. No Se Formularon Oposiciones. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Proceso Policivo De Restitucion De Inmueble
- Oposición inoportuna en diligencia
Acto Jurisdiccional
- Exclusión del control de la jurisdicción administrativa
Proceso Policivo
- Función jurisdiccional de autoridades
Via De Hecho En Proceso Policivo
- Procedencia excepcional de tutela
6 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias de fecha 9 de julio y 21 de agosto de 1997, proferidas en su orden por los Juzgados 45 Civil Municipal y 14 Civil del Circuito de Santafé de Bogotá y, en su lugar, denegar la tutela impetrada
- Segundo. ORDENAR que por la Inspección Primera E de Policía de Santafé de Bogotá se proceda a restablecer las cosas al estado que tenían cuando practicó la diligencia de fecha 12 de junio de 1997.
- Tercero. ORDENAR que por la Secretaría se envíe copia de esta sentencia a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue la existencia del posible delito de fraude procesal, artículo 182 del Código Penal, que se hubiere podido configurar durante el trámite de la actuación policiva de que da cuenta la parte motiva.
- Cuarto. Líbrese por la Secretaría General de esta Corporación, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí establecidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por37
T-206/24Derechos Al Debido Proceso Administrativo (Queja Ante Inspección De Policía) Y Libertad De Expresión (Libertad De Prensa En Internet Y Redes Sociales)-Derecho De La Mujer A Vivir Una Vida Libre De Violencia En El Entorno Digital (Violencia En Línea).T-201/24Armonización Entre Recuperación O Restitución Del Espacio Público (Proceso Policivo), Frente Al Principio De Confianza Legítima Y Derecho Al Trabajado De Vendedores Informales (Reubicación).T-164/24Tutela Contra Decisiones Judiciales En Procedimiento Policivo Por Perturbación A La Posesión O Tenencia De Inmueble Rural-Vulneración Del Debido Proceso (Defecto Fáctico, Sustantivo Y Violación Directa De La Constitución). Falta De Enfoque De Género Frente A La Mujer CampesinaT-224/23Acción De Tutela En Procedimiento Policivo Por Perturbación A La Posesión O Tenencia De Inmueble-Vulneración Del Debido Proceso Administrativo. Falta De Enfoque De Género Por Violencia Intrafamiliar.T-679/17Contrato De Arrendamiento Entre Entidad Del Estado Y Particular.T-424/17Proteccion A Los Derechos De Vendedores Informales En El Marco De Procesos De Restiticuon Del Espacio Publico.
Ver las 37 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.