Micelio
Sentencia de Tutela5 de julio de 2013

T-415 de 2013

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Marvy Adriana Alvarez Tellez Y Otro·Demandado Incoder

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ley De Victimas
  • Ley 1448 de 2011 artículo 74 incluye bienes baldíos
  • Ley 1448 de 2011 ha implementado mecanismos de defensa especializados en resolver el fenómeno del despojo de tierras
Proceso De Restitucion De Tierras
  • Plazo de duración acorde con el art. 91 de la ley 1448 de 2011
Victimas De Despojo, Usurpacion Y Abandono Forzado De Tierras
  • Improcedencia de acción de tutela por cuanto existe el mecanismo ordinario de defensa establecido en la ley 1448 de 2011 y no haberse demostrado perjuicio irremediable
Restitucion De Tierras A Victimas Del Conflicto Armado
  • Procedimiento de la acción de restitución
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

En este caso los accionantes pretenden que en sede de tutela se les restablezca el derecho a la propiedad y se deje sin efecto el acto administrativo proferido por el INCODER para negar la solicitud de revocatoria directa de la resolución que adjudicó a favor de terceros el predio denominado “La Luna”, del cual eran poseedores.

Aducen los demandantes que en dicha decisión se desconoció el hecho de que no habitaban el predio al momento de la adjudicación, debido al desplazamiento forzado del que fueron víctimas.

La Sala precisa que el proceso de restitución de tierras establecido en la Ley 1448 de 2011 es el medio idóneo y eficaz para establecer los derechos de la población víctima del despojo o abandono forzado de tierras, por ello, cuando no se agote previamente este recurso ordinario de defensa judicial, como en el caso concreto, la acción de tutela debe ser declarada IMPROCEDENTE por incumplir con el requisito de subsidiariedad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 14 de noviembre de 2012, que confirmo la sentencia de la Sala de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio de 20 de septiembre de 2012, que a su vez nego el amparo deprecado por los accionantes, para en su lugar DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.