T-1330 de 2005
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Edwars Roberto Leguizamon Ruiz Vs. Sanitas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental autónomo
- Fundamental por conexidad
- Prohibición de suministrar con recursos del sistema general de salud un procedimiento quirúrgico excluido del POS y que tiene un carácter experimental
- No se autorizó el trasplante de mucosa a la médula espinal por las características de la lesión
- Casos excepcionales en que se pueden autorizar
- Ponderación por el juez de tutela de los supuestos fácticos y jurídicos en cada caso concreto
- Alcance
- Requisitos para ordenar tratamientos o medicamentos excluidos del POS
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la integridad física la dignidad humana y la salud de afiliado quien sufrio un accidente de transito y padece discapacidad total por traumatismo en la medula espinal cervical y un neurocirujano certifico que cumplia los requsitos y criterios para un trasplante que no se encuentra en el pos y su valor es de cuarenta millones de pesos.
Solicita se ordene a la entidad costear el trasplante.
Criterios bajo los cuales el derecho a la salud ha sido considerado como derecho fundamental.
Obligación de las e.p.s.
De suministrar a sus afiliados actividades intervenciones procedimientos o medicamentos excluidos del pos.
Condiciones determinadas por la jurisprudencia constitucional.
El derecho a la salud y los procedimientos quirúrgicos experimentales.
El peticionario solicita que la entidad demandada costee un procedimiento quirúrgico que no solamente está excluido del pos sino que adicionalmente tiene un carácter experimental.
A diferencia de las restantes prestaciones excluidas del pos cuando se trata de procedimientos actividades intervenciones o medicamentos de carácter experimental existe una expresa prohibición de su suministro con dineros provenientes del sistema general de salud.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Sesenta (60) Civil Municipal el 27 de junio de 2005 y el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota, el 3 de agosto del mismo ano, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Edwars Roberto Leguizamon Ruiz contra SANITAS EPS. Y en su lugar NEGAR el amparo solicitado.
- Segundo. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.