Sentencia de Tutela25 de septiembre de 2000
T-1298 de 2000
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Javier Herrera Bustamante Vs. Instituto De Seguro Social .
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida Y A La Salud. No Se Requiere Que La Persona Este En Peligro De Muerte. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Entidad Promotora De Salud
- Repetición contra el FOSYGA
- Práctica de cirugía de cadera
Derecho A La Salud
- Protección preventiva y no solamente en caso de gravedad
- Fundamental por conexidad
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el día 14 de abril del 2000, que, a su vez, revocó la decisión de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, de 9 de marzo del 2000, dentro del proceso de tutela instaurado por Javier Herrera Bustamante, contra el ISS Seccional Cali.
- Segundo. TUTELAR los derechos fundamentales a la vida y a la salud del actor Javier Herrera Bustamante. En consecuencia ORDENAR al Gerente del ISS Seccional Cali -Valle del Cauca, para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la providencia disponga la atención médica e inicie los procedimientos pertinentes o necesarios y practique, de acuerdo con lo prescrito por el médico tratante de su caso, el trasplante de cadera formulado o la intervención quirúrgica pertinente, sin exigir el pago de porcentaje alguno en relación con el costo del tratamiento, el cual deberá ser adelantado y asumido económicamente en su totalidad por la EPS del ISS Seccional Cali -Valle del Cauca.
- Tercero. Advertir que la Empresa Promotora de Salud del ISS Seccional Cali -Valle del Cauca puede repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantías del Sistema de Seguridad Social y de salud, subsistema de enfermedades catastróficas por lo que sobrepase del valor de la intervención quirúrgica a que se refiere el numeral anterior.
- Cuarto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a11
T-528/99Der. A La Vida Y A La Salud. Cirugia De Cadera Por El I.S.S. Periodo De Cotizacion. Repeticion De La E.P.S. Contra El Fondo De Garantias De Seguridad Social. Concedida.T-060/99Der. A La Salud Y A La Vida. No Se Requieren Periodos Minimos De Cotizacion Para Enfermedades De Alto Costo. Sida. I.S.S. Concedida.T-611/98Improcedencia De La Tutela Para Reclamar El Pago De Acreencias Laborales. Flota Mercante. Negada.T-505/98Der. A La Salud De Los Niños. Enfermedades Catastroficas. Exigencia Del Minimo De Semanas De Cotizacion. Concedida.T-489/98Der. A La Salud. Suspension Del Servicio De Salud. No Se Practico Cirugia De Rodilla Porque La E.P.S. No Cancelo Los Servicios A La Clinica. Concedida.T-328/98Der. A La Vida Y A La Salud. Suministro De Medicamentos Por E.P.S. A Enfermo De Sida Que No Habia Cumplido Las 100 Semanas De Cotizacion. Concedida.
Ver las 11 →Citada por10
T-1165/08C-463/08Entidad Promotora De Salud Y Regla De Recobro Parcial Fijada En Ley 1122/07. No Se Puede Pagar A La Eps Más Del 50% Del Monto Que Ésta Tenga Derecho A RepetirC-955/07Organos De Regulacion Socio Economica En Materia De Servicios Publicos. Creación Por El LegisladorT-185/06Tutela de 2006T-1165/05Tutela de 2005T-1123/05Tutela de 2005
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.