T-128 de 2012
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Maria Zulma Vargas Castañeda·Demandado Positiva Compañia De Seguros Arp Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter excepcional
- Reiteración de jurisprudencia
- Requisitos y beneficiarios
- Trámites administrativos no pueden obstaculizar el reconocimiento del derecho a quien ya ha reunido los requisitos para acceder a ésta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital.
La accionante es madre cabeza de familia y tiene dos hijos menores de edad.
Tras solicitar la pensión de sobrevivientes en calidad de beneficiaria de su fallecido esposo, la ARP COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. le negó el reconocimiento de la prestación, argumentando para el efecto que el accidente que ocasionó la muerte del afiliado ocurrió cuanto prestaba sus servicios a una empresa distinta a su empleador. .
La Sala reitera jurisprudencia de la Corporación relacionada con la siguiente temática: 1).
Las condiciones constitucionales para la procedencia excepcional de la acción de tutela frente al reconocimiento de pensiones. 2º).
La pensión de sobrevivientes en el sistema de riesgos profesionales, así como sus requisitos, beneficiarios y calificación del origen de la muerte del afiliado y, 3º.
Inoponibilidad de los trámites administrativos en el reconocimiento del derecho a una pensión.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la accionada reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes a la demandante y a sus menores hijos como beneficiarios del afiliado, debiendo cubrir tanto lo causado como lo no pagado, desde la fecha del deceso del esposo y padre causante.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Revocar las sentencias denegatorias de tutela, proferidas por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Manizales, el treinta y uno (31) de agosto de dos mil once (2011), en segunda instancia, y el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Manizales, el veintiuno (21) de julio de dos mil once (2011), en primera instancia y, en su lugar, conceder la tutela de los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de la senora Maria Zulma Vargas Castaneda.
- Segundo. Ordenar a la ARP Positiva Compania de Seguros S.A. que dentro de las 48 horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca y pague la pension de sobrevivientes de la accionante y sus menores hijos como beneficiarios del afiliado Luis Emilio Rojas Castano, debiendo cubrir tanto lo causado y no pagado, desde la fecha del deceso del senor Rojas Castano.
- Tercero. Ordenar que se de cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.