Micelio
Sentencia de Tutela12 de diciembre de 2012

T-1083 de 2012

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Anibal Rueda Rueda·Demandado Tribunal Administrativo De Santander

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

7 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, trabajo, acceso a la administración de justicia, estabilidad laboral.

Tutela contra providencia judicial.

El accionante pretende que se revoque el fallo de segunda instancia proferido en el curso de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho y que en su lugar, se deje en firme la sentencia dictada en primera instancia, mediante la cual se decretó la nulidad del acto administrativo que declaraba su insubsistencia.

Para solucionar el problema jurídico planteado, la Sala reitera jurisprudencia referente a las causales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, el defecto por desconocimiento del precedente constitucional como causal autónomo y la naturaleza jurídica de los funcionarios nombrados en calidad de provisionales.

Se concluye que la autoridad judicial accionada sí incurrió en desconocimiento del precedente jurisprudencial establecido por la Corporación, en lo referente a la motivación del acto de desvinculación de un funcionario nombrado en provisionalidad en un cargo de carrera y en el carácter autónomo del defecto del desconocimiento del precedente constitucional, establecidos respectivamente en las sentencias SU917/10 y T-830/12. se CONCEDE el amparo solicitado, se deja sin efectos la sentencia impugnada en cuanto no siguió el precedente establecido por la Corte Constitucional en lo concerniente a la necesidad de motivar los actos de desvinculación de los funcionarios nombrados en provisionalidad en un cargo de carrera y se ordena proferir una nueva decisión

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia la sentencia de tutela proferida el catorce (14) de junio dos mil doce (2012), por la Seccion Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el tramite de la accion de tutela interpuesta por Anibal Rueda Rueda contra el Tribunal Administrativo de Santander. En su lugar, se CONCEDE el amparo de los derechos fundamentales invocados por el accionante.
  2. SEGUNDO. DEJAR sin efectos la sentencia proferida el diecinueve (19) de mayo de dos mil once (2011) por el Tribunal Administrativo de Santander en el curso de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en cuanto no siguio el precedente establecido por esta Corte en lo concerniente a la necesidad de motivar los actos de desvinculacion de los funcionarios nombrados en provisionalidad en un cargo de carrera.
  3. TERCERO. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Santander que en el termino maximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, profiera una nueva sentencia teniendo en cuenta el precedente establecido por esta Corporacion, en lo concerniente a la necesidad de motivar los actos de desvinculacion de los funcionarios nombrados en provisionalidad en un cargo de carrera, por las razones expuestas en esta providencia.
  4. CUARTO. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.