T-106 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Luis Donaldo Garzon Rojas Vs. Juzgado Promiscuo Del Circuito De Pacho
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Reemplazo de la expresión "vía de hecho" por la de "causales genéricas de procedibilidad"
- Causales genéricas de procedibilidad
- Alcance
- Vulneración al núcleo esencial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de condenado a la pena de prisión por el delito de homicidio culposo en concurso con porte ilegal de armas sin contar con defensa tecnica por inactividad del defensor de oficio y dosificación punitiva con desconocimiento de las reglas y criterios establecidos para su determinación.
Solicita ordenar al juzgado la dosificacion de la pena y conceder la libertad por la suspension de la ejecucion de la sentencia o condena a prision domiciliaria.
Procedencia excepcional de la accion de tutela contra providencias judiciales y la via de hecho.
Derecho a la defensa técnica.
Procedibilidad de la accion de tutela por satisfacer el presupuesto de subsidiariedad toda vez que la providencia materia de revisión no puede controvertirse por una via distinta a esta accion.
Aun cuando hubo deficiencias en la defensa técnica no puede alegarse la violación a este derecho fundamental ya que existen indicios que permiten afirmar que tal vulneración ha sido consecuencia de la intención de evadir el proceso penal en su contra.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REANUDAR los terminos del proceso suspendidos mediante auto dictado el 24 de septiembre de 2003.
- SEGUNDO. CONFIRMAR la Sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, el dia 8 de mayo de 2003, dentro de la accion de tutela interpuesta por el senor Luis Donaldo Garzon Rojas contra el Juzgado Promiscuo del Circuito de Pacho - Cundinamarca.
- TERCERO. ORDENAR que, por medio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, se remita copia de esta providencia a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, para los fines anotados en la parte motiva de la presente Sentencia.
- CUARTO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.