Micelio
Sentencia de Tutela15 de julio de 2004

T-673 de 2004

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Juan Carlos Claros Pinzon Vs. Tribunal Superior De Florencia

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Utilización De Elementos Del Programa Plante En Sede Política. Solicitud Dosificación De La Pena. Delito Peculado Por Uso Cometido Por Servidores Publicos En Complicidad Con Particulares. Procedencia De La Tutela Contra Provide
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Legalidad De La Pena
  • Vulneración al tasar la pena
  • Aspectos que incluye
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por inexistencia de defecto fáctico
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de 4 de febrero de 2004 proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal- que declaró "no procedente" la acción de tutela interpuesta por Juan Carlos Claros Pinzón contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia -Sala Penal -, radicada en la Corte Constitucional bajo el número T-859643; y, en su lugar, DENEGAR la pretensión del actor para que se tutele el derecho al debido proceso, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia de 10 de marzo de 2004 proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal- que decidió negar la tutela interpuesta por Juan Carlos Claros Pinzón contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia -Sala Penal -, radicada en la Corte Constitucional bajo el número T-877295; y, en su lugar, CONCEDER la tutela impetrada por el ciudadano mencionado, por violación del derecho al debido proceso en que se incurrió por infracción a la legalidad de la pena en la sentencia de 13 de marzo de 2002 proferida en relación con el actor por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia -Sala Penal -.
  3. Tercero. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO el numeral 1º, literal b) de la parte resolutiva de la sentencia de 13 de marzo de 2002, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia -Sala Penal -, en cuanto en él se dispuso "condenar a Juan Carlos Claros Pinzón... a la pena principal de diez (10) meses de prisión e interdicción de derechos y funciones públicas por igual período", como cómplice del delito de peculado por uso.
  4. Cuarto. ORDENAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia -Sala Penal- que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a iniciar el trámite pertinente para que mediante nuevo fallo en relación con Juan Carlos Claros Pinzón, se determine la pena que a este corresponda como cómplice del delito de peculado por uso. La sentencia respectiva deberá ser dictada en el término máximo de diez (10) días contados a partir de la notificación de esta sentencia de revisión.
  5. Quinto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.