T-086 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Alba Nubia Zambrano Castaño·Demandado Institucion Universitaria Inpahu
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de voluntad de pago de un semestre, tanto que Universidad inició proceso de cobro jurídico de títulos valores
- No se puede abusar del derecho e incurrir en cultura del no pago
- Falta de pago de un semestre hace que la demandante no pueda asistir a ceremonia de grado
- Parámetros que deben estudiarse en cada caso y que fueron fijados en SU.624/99
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la educacion, al trabajo y al libre desarrollo de la personalidad de estudiante universitaria a quien la entidad condiciono la entrega del acta y diploma de grado al pago de una suma de dinero que adeuda por concepto de la matricula de tercer semestre.<br>solicita sea autorizada a participar en la ceremonia de grado y a que no se condicione la entrega del acta y el diploma de grado a la deuda que tiene con la institucion.<br>alcance del derecho a la educacion en el ambito constitucional.
La proteccion del derecho a la educacion en casos en los cuales se encuentra en tension frente a los derechos patrimoniales y contractuales de las instituciones de enseñanza.<br>en el caso particular, la actora no manifesto en ningun momento la existencia de un hecho que la haya imposibilitado para cancelar la obligacion pendiente con la institucion educativa.
Adicionalmente, han transcurrido mas de dos años y medio desde que quedo pendiente la cancelacion del referido semestre, por lo que, de tener voluntad de pago, ya hubiese efectuado las gestiones necesarias para garantizar el efectivo cumplimiento de sus obligaciones economicas.<br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogotá el veinticuatro (24) de agosto de dos mil siete (2007), mediante la cual resolvió confirmar la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Bogotá el veinticinco (25) de Julio de dos mil siete (2007), en la causa instaurada por Alba Nubia Zambrano contra la Institución Universitaria INPAHU.
- SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.