T-064 de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Tatiana Andrea Cardenas Ospina·Demandado Seccion Tercera, Subseccion C, Consejo De Estado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto no se desconoció precedente jurisprudencial en materia de falla médica en obstetricia, en proceso de reparación directa
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Igualdad, debido proceso, acceso a la administración de justicia.
Tutela contra providencia judicial.
Aduce la actora que la autoridad judicial demandada al proferir sentencia y absolver al Estado de responsabilidad por la muerte de su señora madre, desconoció su propia línea jurisprudencial en materia de falla médica en obstetricia; incumplió con su deber de motivación; se inhibió de señalar la causa de la muerte de su progenitora y dejó de aplicar la lex artis.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y se verifica el cumplimiento de las causales especiales y específicas que permiten esta procedencia excepcional.
Se NIEGA la solicitud de amparo solicitada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia, expedida el treinta y uno (31) de julio de dos mil catorce (2014) por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que a su vez modificó la proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado el tres (3) de abril de dos mil catorce (2014). En consecuencia, NEGAR la tutela de los derechos fundamentales invocados por la señora Tatiana Andrea Cárdenas Ospino.
- Segundo. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.