Micelio
Sentencia de Tutela29 de enero de 2009

T-024 de 2009

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Orfa Caicedo Angulo En Representacion De Su Menor Hija Greisy Huertas Caicedo·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derechos Fundamentales Del Menor
  • Protección debido a que la privación del contacto con su madre incide en la formación de su identidad personal
  • Intervención inmediata del ICBF
Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Criterios jurídicos para determinarlo
  • Características
Juez Constitucional
  • No tiene competencia para determinar la custodia provisional y definitiva de menores
Medio De Defensa Judicial
  • Definición y custodia provisional y definitiva de la menor debe realizarse por las autoridades competentes
Restitucion De Menores Y Accion De Tutela
  • Improcedencia en el caso sub judice debido a que el padre está ejerciendo en forma legítima la custodia de su hija
  • Procedencia excepcional
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la identidad personal, a tener una familia y a crecer en un ambiente de afecto y solidaridad que se alegan vulnerados con la omision, de parte de la entidad accionada, en el tramite de las actuaciones idoneas a fin de atender la situacion de una menor victima de violencia intrafamiliar. <br>derecho de los menores a crecer en un ambiente de afecto y solidaridad.

Reiteracion jurisprudencial. <br>sobre el particular, la sala no encontro elementos probatorios que condujeran a estimar la falta de idoneidad del actor para ejercer la custodia de la menor, y ademas, se decidio la improcedencia de la tutela para el efecto en vista de que existen medios ordinarios de defensa judicial dispuestos para la regulacion de la custodia. <br>de otro lado, se establecio que pese a que los funcionarios del instituto accionado afirman no tener registro de las solicitudes elevadas por la actora, sus afirmaciones en ese sentido concuerda con el dicho del padre de la menor. <br>se ordeno, por tanto, la intervencion inmediata de la accionada en el asunto de la controversia. <br>concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR las decisiones de tutela proferidas por el Juzgado Único Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales de la menor Greisy Huertas Caicedo a la identidad personal, a tener una familia y a crecer en un ambiente de afecto y solidaridad.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, proceda a (i) realizar una visita a la menor Greisy Huertas Caicedo para valorar su actual situación, (ii) iniciar de oficio las actuaciones pertinentes para garantizar la efectividad de los derechos de la menor Greisy Huertas Caicedo, (iii) adoptar las medidas preventivas que considere necesarias mientras se adelanta el trámite de fijación de custodia y regulación del régimen de visitas, e (iv) iniciar el proceso de fijación de custodia de la menor Greisy Huertas Caicedo, previa vinculación de los señores Orfa Caicedo Angulo y Faustino Huertas Daza.
  3. TERCERO. Líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.