Micelio
Sentencia de Tutela24 de enero de 2000

T-020 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Ivan Mancera Prieto

Tema · dato duro
Vendedor Ambulante Discapacitado. Espacio Publico Y Proteccion Especial Al Trabajo.Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el Fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección B, el 13 de agosto de 1999, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Ivan Mancera Prieto contra la Alcaldía Menor de Santafé, Localidad Tercera y, en su lugar, CONCEDER la protección a los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, al trabajo y al debido proceso.
  2. Segundo. ORDENASE a la Alcaldía Menor de Santafé, Localidad Tercera, que dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, ubique al señor Ivan Mancera Prieto en un lugar adecuado a sus condiciones físicas y apto para que pueda seguir desempeñando el trabajo de vendedor ambulante que ejerció durante varios años, en condiciones dignas y justas.
  3. Tercero. El desacato a lo aquí dispuesto acarreará las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  4. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca supervisará el exacto cumplimiento de lo que en esta providencia se ordena.
  5. Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.