Micelio
Sentencia de Tutela5 de febrero de 2018

T-017 de 2018

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Muguet Hoyos Machado·Demandado Ecopetrol S.A. Y Otra

Tema · dato duro
Pension De Sobrevivientes Para Esposa Y Compañera Permanente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sustitución Pensional
  • Régimen pensional de Ecopetrol
Sustitucion Pensional Para Conyuge Superstite Y Compañera Permanente
  • Reconocimiento proporcional a la convivencia
  • Se debió indicar en forma expresa el momento a partir del cual se reconocía el 50% en favor de la accionante
Accion De Tutela Para Reconocimiento De Sustitucion Pensional
  • Orden a Ecopetrol reconocer y pagar a cónyuge supérstite el 50% de la sustitución pensional que actualmente le reconoce y paga a compañera permanente
  • Procedencia cuando se trata de adultos mayores
Acción De Tutela Para Reconocimiento De Sustitución Pensional
  • Procedencia excepcional a favor de sujetos de especial protección constitucional o personas en circunstancias de debilidad manifiesta
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a Ecopetrol S.A. la vulneración de derechos fundamentales de la accionante, como consecuencia de negarle el reconocimiento y pago de la sustitución pensional que reclamó en calidad de cónyuge supérstite, alegando que no demostró la convivencia con el causante hasta el día de su fallecimiento.

Al tiempo de negar la prestación, la accionada concedió la misma por el 100% de la mesada, a la persona que ostentó la calidad de compañera permanente del pensionado.

Se reiteran las reglas jurisprudenciales relacionadas con la pensión de sobrevivientes y su relación con el régimen pensional de Ecopetrol aplicado a la Sustitución Pensional.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a la demandada reconocer y pagar a favor de la actora la prestación a la que tiene derecho, en un porcentaje equivalente al 50%.

Lo anterior, para que tanto la compañera como la cónyuge supérstite compartan por partes iguales la respectiva sustitución.

Igualmente se ordena la afiliación de la peticionaria al servicio médico que disfrutaba como cónyuge del pensionado.

Se conmina a la empresa para que ajuste su manual para el reconocimiento de pensiones, con la normatividad y jurisprudencia vigente en materia de sustitución pensional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de la Sala Penal de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, del nueve (9) de marzo de dos mil diecisiete (2017), por medio de la cual se revocó el fallo proferido por el Juzgado
  2. Séptimo. Penal del Circuito de Cartagena (Bolívar), el trece (13) de enero de dos mil diecisiete (2017). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social en pensiones y al debido proceso de Alby Machado de Hoyos.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Empresa Colombiana de Petróleos - Ecopetrol S.A., que en un plazo máximo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de este fallo, reconozca y pague a la señora Alby Machado de Hoyos, el 50% de la sustitución pensional que actualmente le reconoce y paga a la señora Elena Alicia Villalba Rosales con ocasión de la sustitución de la pensión de jubilación reconocida a Germán Adolfo Hoyos Narh.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Empresa Colombiana de Petróleos - Ecopetrol S.A., que en un plazo máximo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de este fallo, afilie a la accionante Alby Machado de Hoyos al servicio médico que venía disfrutando como cónyuge del pensionado Germán Adolfo Hoyos Narh.
  5. CUARTO. CONMINAR a la Empresa Colombiana de Petróleos - Ecopetrol S.A., para que ajuste el Manual para el reconocimiento de pensiones del 24 de octubre de 2014, acorde con la normatividad y jurisprudencia vigente en materia de sustitución pensional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.