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Providencias que la citan

Estas providencias invocan a SU.1219/01 en su argumentación. · 474 en total.

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C-932/07Constitucionalidad2007

Estatuto General De Contratacion De La Administración Publica. Selección Objetiva

A. 181/07Auto2007

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-171/06 Proferida Por La Sala Octava De Revision De Tutelas De La Corte Constitucional En El Proceso De Gilinski Contra La Fiscalia General De La Nación, Por Desconocimiento Del Debido Proceso Al Proferir El Fallo. Nulidad De Sentencias Proferidas Por La Corte Constitucional. Requisitos Formales Y Materiales Aplicables A Las Solicitudes De Nulidad. Pasos Exigidos Al Peticionario Para Definir La Existencia De Una Anomalia Cualificada Del Debido Proceso Capaz De Invalidar Una Decision De Revision. Requerimientos Para Demostrar La Existencia De Sentencias Vinculantes Al Caso Que Conforman Un Precedente Aplicable, Cuando Se Alega Nulidad Por Cambio De Jurisprudencia. Negada

A. 045/07Auto2007

Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-902/05 Y Del Auto 249/06 Que Declaro El Incumplimiento De La Decision De La Corte E Impartio Ordenes Al Respecto. Solicita Se Imparta Una Orden Que Ponga Fin A La Vulneracion De Sus Derechos Fundamentales. Conocido Por Esta Corporación Una Comunicación Del Liquidador De Ferrovías En Que Informó A La Peticionaria Que No Daría Cumplimiento Al Auto 249 De 2006, Debido A Que Con Posterioridad A Que Éste Fuera Proferido, La Sala Plena Del Consejo De Estado Declaró Que El Mismo Constituía Una Vía De Hecho, Se Dicto El Auto 349 De 2006 Impartiendo Nuevas Ordenes Que Tampoco Fueron Acatadas. Las Decisiones Adoptadas Por La Corte Constitucional En Sede De Revisión De Tutela, Son Definitivas Y Hacen Tránsito A Cosa Juzgada, Y Por Tanto, Son De Obligatorio Cumplimiento Para Las Partes. El Consejo De Estado Carecía De Competencia Para Declarar Que El Auto 249 Del 6 De Septiembre De 2006 De Esta Corte Constitucional Constituye Una Vía De Hecho Por Cuanto Esta Decisión No Fue Adoptada En Un Proceso De Tutela Contra La Providencia De Esta Corte Constitucional. El Auto Del Consejo De Estado Del 20 De Septiembre De 2006 Es Inexistente, Y Por Tanto Carece De Todo Efecto Jurídico. La Corte Constitucional Se Limitará A Constatar Esta Situación Y Ordenará El Cumplimiento De La Decisión De Esta Corte, Que Debe Ser Acatada Para Garantizar La Supremacía Constitucional Y La Protección De Los Derechos Fundamentales De La Accionante. Se Ordena Al Liquidador De Ferrovias El Reintegro Sin Solucion De Continuidad Y Se Comunica La Decision Al Procurador General De La Nacion Para La Vigilancia De Su Cumplimiento

T-983/06Tutela2006
T-952/06Tutela2006
T-800/06Tutela2006

T-780/06Tutela2006
T-772/06Tutela2006
T-731/06Tutela2006
T-583/06Tutela2006
T-458/06Tutela2006
T-292/06Tutela2006
T-237/06Tutela2006
T-212/06Tutela2006
T-1045/06Tutela2006
T-059/06Tutela2006
SU.713/06Unificación2006
SU.154/06Unificación2006
C-820/06Constitucionalidad2006

Interpretacion De La Ley Por El Legislador. Inconstitucionalidad De La Expresión “solo” Referida Al Monopolio De La Interpretación General De La Ley Por El Legislador

A. 300/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-237/06. El Solicitante Aduce Que Con Esta Sentencia Se Desconocen Las Reglas Jurisprudenciales Consignadas En Los Precedentes Aplicables Al Caso. Jurisprudencia Sobre Nulidad De Sentencias De Tutela Proferidas Por La Corte Constitucional. La Solicitud De Nulidad Debe Presentarse Dentro De Los Tres (3) Días Siguientes A La Notificacion De La Misma, Dentro Del Termino De Su Ejecutoria. La Sentencia T-237 De 2006 No Cambia Ni Desconoce La Jurisprudencia Constitucional. Negada

A. 291/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-583/06. La Solicitud Se Basa En Una Supuesta Violacion Del Debido Proceso Por La Modificacion De La Jurisprudencia Constitucional Sobre Temeridad Y La Violacion De La Jurisprudencia Sobre El Derecho Al Fallo Y A La Tutela Judicial Efectiva En Las Sentencias. Procedencia De La Nulidad Contra Sentencias De La Corte Constitucional Por Cambio De Jurisprudencia. En El Presente Caso No Existe Una Razon Suficiente Para Declarar La Nulidad Solicitada. Negada

A. 284/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-511/06. El Solicitante Aduce Una Violacion Ostensible Al Debido Proceso Por Carencia De Fundamentacion Y Por Falta De Aplicacion De Norma Procedimental Y Sustancial. Carácter Restrictivo De Las Nulidades. Presupuestos Para Que La Sala Plena Dde La Corte Constitucional Pueda Considerar Lo Decidido Por Una De Sus Salas De Revision. Oportunidad Y Legitimacion. El Proponente No Cuestiona La Decision Por Desconocimiento De La Jurisprudencia, Ni Por Incongruencia Ni Incumplimiento De Las Previsiones Sobre Procedimiento Para Su Adopcion O El Desconocimiento Del Derecho De Defensa. Rechazada

A. 256/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentenca T-284/06. Aduce Dos Causales Para Que Se Anule La Sentencia T-284/06: I.) Violación De La Jurisprudencia De La Sala Plena De La Corte Constitucional Elaborada En Torno A La Vía De Hecho Por Defecto Sustantivo. Ii.) Violación Del Debido Proceso – Derecho De Defensa Del Actual Gobernador Del Departamento De Córdoba. Verificacion Del Principio De Oportunidad En El Caso Concreto. Nulidad De Sentencias De La Corte Constitucional. Deber De Argumentación De Las Peticiones De Nulidad. Caracter Excepcional De La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia. Falta De Legitimación Para Interponer Nulidad De Un Sentencia. Denegada.

A. 222/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T –098/05. Argumenta "que Los Jueces De Instancia En El Proceso De Tutela Carecían De Competencia Para Conocer De Una Demanda De Amparo Presentada Contra Una Decisión De Una Sala De Casación De La Corte Suprema De Justicia". No Se Presentan Argumentos Nuevos Y Verificados Cada Uno De Los Cargos Se Concluye Que No Se Viola Ninguno De Los Requisitos Establecidos Por Esta Corporación Para La Nulidad De Sus Sentencias. Denegada.

A. 139/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-824/05. La Peticionaria Solicita La Nulidad De La Sentencia Por Violacion Al Debido Proceso, El Carácter Subsidiario Y Residual De La Accion De Tutela Y Por Cuanto No Fue Notificado Del Tramite De La Tutela El Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Que Tenia Interes Directo En El Proceso. Oportunidad Para La Interposicion De La Solicitud De Nulidad. No Accede A La Solicitud De Nulidad