C-807 de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Haiverth Mosquera Urrutia·Demandado Codigo De Procedimiento Civil (Articulo 115, Numeral 5)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición para emitir un pronunciamiento de fondo acerca del numeral 5 del artículo 115 del Código de Procedimiento Civil, que regula la expedición de copias
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- Características
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 5 del artículo 115, del Código de Procedimiento Civil.
Para el demandante la disposición acusada desconoce los artículos 13, 15 y 42 de la Constitución, por cuanto cualquier persona puede acceder a la información, incluidos los datos personales de las partes, sin necesidad de justificar las razones de su solicitud, ni acreditar ningún requisito adicional, lo que hace exponer a los titulares de los datos a situaciones de peligro, pues la información obtenida puede ser empleada para la comisión de conductas ilegales como la extorsión, el secuestro, la obstaculización de medidas cautelares y el comercio ilegal de información confidencial.
Para la Sala, el concepto de violación que expone el demandante no cumple los requisitos de certeza, pertinencia y suficiencia y sólo se fundamenta en una interpretación subjetiva del texto de la norma.
Al no existir condiciones que permitan a la Corte entrar a realizar un examen de fondo acerca de la constitucionalidad del aparte acusado, se INHIBE de dictar un fallo de mérito por ineptitud sustancial de la demanda
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- UNICO: INHIBIRSE para proferir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del numeral 5 del articulo 115 del Codigo de Procedimiento Civil, por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.