C-782 de 2001
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Tito Enrique Orozco Prada
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Discrepancias sobre textos estudiados
- Destinación de recursos de Nación para función propia de ente territorial
- Destinación de recursos provenientes de transferencias
- Autorización de gastos
- Determinación política
- Carácter por exaltación de personaje público
- Destino de dinero por Gobierno para adecuación de edificio municipal
- No vulneración
- Términos constitucionales en debates y aprobación
- No modificación ni derogación por norma ordinaria
- Distribución de competencias en distintos niveles territoriales
- Exaltación de memoria por el Congreso
- Invocación de la República o el Congreso en exaltación de memoria
- Autorización para inclusión por Gobierno
- Exaltación de memoria de expresidente de la República
- Inclusión en futuras vigencias fiscales
- No comprometen entes territoriales
- Título jurídico
- Indignidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 609 de 2000.
Colombia exalta la memoria del general gustavo rojas pinilla al cumplir el centenario de su nacimiento.
Autorizacion del gasto publico.
Unidad de materia.
Persona declarada indigna en el ejercicio de su cargo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 609/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la Ley 609 de 2000, respecto de los cargos analizados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.