Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de septiembre de 2012Sala Plena

C-711 de 2012

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Jairo Villegas Arbelaez·Demandado Decreto Ley 019 De 2012

Tema · dato duro
Supresion Del Diario Unico De Contratacion Y Establecimiento De Publicacion De Contratos Estatales En El Sistema Electronico Para Contratacion Publica
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Estatuto Y Ley Estatutaria
  • De la Constitución no surge identidad entre los dos conceptos
Facultades Extraordinarias
  • Límites
  • Límites materiales contenidos en Ley 1474 de 2011
Leyes Estatutarias
  • Materias objeto de regulación
Publicacion De Los Contratos
  • Requisito necesario para la conclusión del procedimiento de la contratación estatal
Supresion Del Diario Unico De Contratacion Y Establecimiento De Publicacion De Contratos Estatales En El Sistema Electronico Para Contratacion Publica
  • No configura un exceso en las facultades extraordinarias, ni desconoce la reserva de ley estatutaria, co
  • No suprime el deber de publicar el contrato estatal sino que suprime la forma de realizarlo
12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 223 del Decreto Ley 019 de 2012.

La disposición acusada prescribe la supresión del requisito de publicación de los contratos estatales en el Diario Único de Contratación y la eliminación de este impreso.

Así mismo establece la publicación de los contratos estatales en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a partir del 12 de junio del 2012 y la derogación expresa de algunas normas.

El demandante alega que con la norma acusada el Gobierno Nacional excedió la competencia legislativa extraordinaria, así como las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 75 de la Ley 1474 de 2011 y desconoció el principio de publicidad que rige la función administrativa.

La Corte encontró que la supresión del Diario Único de Contratación y el establecimiento de la publicación de estos contratos en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, no configura un exceso en las facultades extraordinarias ni desconoce la reserva de ley estatutaria, como tampoco el principio de publicidad de la función pública.

Se declara la EXEQUIBILIDAD de la norma demandada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 019/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 223Decreto 019/12EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (20 puntos)
  1. Declarar EXEQUIBLE el artículo 223 del Decreto Ley 019 de 2012, por los cargos examinados en la presente providencia.
  2. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELLO
  3. Presidente
  4. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  5. Magistrada
  6. MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
  7. Magistrado
  8. LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  9. Magistrado
  10. JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
  11. Magistrado
  12. NILSON ELÍAS PINILLA PINILLA
  13. Magistrado
  14. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  15. Magistrado
  16. ALEXEI JULIO ESTRADA
  17. Magistrado (E)
  18. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  19. Magistrado
  20. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.