C-384 de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Luis Ricardo Gomez Pinto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condiciones y términos de consulta del CUBS y el RUPR desborda ámbito de potestad reglamentaria
- Finalidad de la potestad reglamentaria
- Fijación de términos en que los proveedores deberán registrar precios de bienes y servicios desborda competencia
- Habilitación legal para expedir ciertos actos administrativos no contraría la Constitución
- Contenido y alcance de la potestad reglamentaria
- Finalidad de la publicidad
- Contenido de la publicación
- Momento en que se realiza
- Concepto
- Elementos primarios que lo integran
- Objeto
- Conformación
- Exigencia de registrar precios de bienes y servicios no vulnera la libertad económica
- Fundamentos y límites
- Concepto
- Excepcional
- Concepto
- Límites
- No es absoluta
- Concepto
- No vulneración por conexidad material entre la disposición demandada y el contenido de la ley
- Configuración
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 598/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-892 de 2001 mediante la cual se declaro INEXEQUIBLE la expresion "transcurridos 90 dias de la fecha establecida para los pagos", contenida en el paragrafo unico del articulo 6 de la Ley 598 de 2000.
- SEGUNDO. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-716 de 2002 que declaro EXEQUIBLE la Ley 598 de 2000 pero exclusivamente en relacion con el cargo analizado en la providencia.
- TERCERO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "los cuales seran establecidos por el Contralor General de la Republica" contenida en el articulo 1 de la Ley 598 de 2000.
- CUARTO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "en los terminos que para el efecto fije el Contralor General de la Republica" contenida en el articulo 3 de la Ley 598 de 2000.
- QUINTO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Los proveedores deberan registrar, en el Registro Unico de Precios de Referencia; RUPR, los precios de los bienes y servicios de uso comun o de uso en contratos de obra que esten en capacidad de ofrecer a la administracion publica y a los particulares o entidades que manejan recursos publicos,", del articulo 3 de la Ley 598 de 2000, por no violar la libertad economica.
- SEXTO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "de acuerdo con los terminos y condiciones que determine el Contralor General de la Republica" contenida en el articulo 5 de la Ley 598 de 2000.
- SEPTIMO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "La publicacion de los contratos estatales ordenada por la ley, debera contener los precios unitarios y los codigos de bienes y servicios, adquiridos de conformidad con el Catalogo Unico de Bienes y Servicios, CUBS" contenida en el articulo 6 de la Ley 598 de 2000, por no violar el principio de unidad de materia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.