C-486 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aprobación por Congreso y decisión de inclusión por Gobierno
- Congreso no puede ordenar traslados presupuestales
- Presentación por Congreso y Gobierno
- Actividad legislativa sujeta a ley orgánica de presupuesto
- No autorización al Gobierno para modificar presupuesto vigente
- Facultades del Congreso
- Objetivo de expresiones respecto a autorización u orden al Gobierno
- Obras de infraestructura competen al municipio
- Término en días hábiles
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Proyecto de ley 149 de 2001 senado y 42 de 2000 camara.
Celebracion de los 242 años de la fundacion del municipio de condoto choco.
Apropiaciones presupuestales.
Facultades del congreso para decretar gasto publico.
Ley 60 de 1993.
Distribucion de competencias
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 774/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar infundada la objeción contra el artículo 2º del proyecto de ley de la referencia.
- Segundo. Declarar infundada la objeción contra el artículo 3º del proyecto de ley de la referencia, salvo la expresión "hacer los traslados presupuestales requeridos", que se declara fundada.
- Tercero. Por Secretaría General remítase el expediente legislativo y copia de esta sentencia al señor Presidente del Senado de la República, para que se dé cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 167 de la Constitución y 33 del Decreto 2067 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.