C-197 de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Desconocimiento por norma ordinaria
- Extensión excepcional de competencia
- Aval del Gobierno
- Decreto de gastos por Congreso para inclusión de partidas
- Iniciativa del Gobierno en decreto de gastos por Congreso
- Sujeción de norma ordinaria
- Desconocimiento por proyecto de ley ordinaria
- Iniciativa del Gobierno en decreto de gastos por Congreso
- No inclusión de obras de infraestructura
- Autorización para inclusión por Gobierno
- Competencia concurrente
- Autorización para inclusión por Gobierno
- Título jurídico
- Inclusión de gastos
- Destino de partición
- Excepción en partidas de cofinanciación
- Obras de infraestructura
- Contribución económica
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Proyecto de ley 22 de 1998 senado y 242 de 1999 camara.
Asociacion de la nacion a la conmemoracion de los 250 años de fundacion del municipio de chimichagua cesar.
Realizacion obras de infraestructura e interes social.
Inexequible art. 2.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 22/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DECLARAR INEXEQUIBLE el artículo 2º del proyecto de ley Nº 22/98 Senado, 242/99 Cámara, "mediante la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 250 años de fundación del municipio de Chimichagua, Departamento del Cesar y se ordena la realización de obras de infraestructura e interés social", en razón de haberse encontrado fundadas las objeciones presidenciales formuladas en contra de dicha norma.
- Segundo. En los términos de inciso
- cuarto. del articulo 167 de la Constitución Política, archívese el proyecto de ley Nº 22/98 Senado, 242/99 Cámara.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.