Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de julio de 1997Sala Plena

C-325 de 1997

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Tema · dato duro
O.P. Al Proyecto De Ley 132/95 Camara Y 07/96 Senado. Por La Cual La Nacion Se Asocia A Los 139 Años De Vida Adtiva Del Municipio De Baranoa. Inexequible. Sentencia Inhibitoria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objecion Presidencial
  • Celebración años municipio de Baranoa y construcción
Congreso
  • Aprobación leyes que comporten gasto público
Gobierno
  • Inclusión de gasto público en proyecto ley de presupuesto
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 07/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 07/96INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 3deg del Proyecto de Ley Ndeg 132/95 Camara-07/96 Senado "Por medio de la cual la Nacion se asocia a la celebracion de los ciento treinta y nueve (139) anos de vida administrativa del municipio de Baranoa, Departamento de Atlantico, rinde tributo de admiracion a sus habitantes y se ordena la construccion de algunas obras".
  4. Segundo. Declararse INHIBIDA para conocer del articulo 4deg del Objeciones Presidenciales al Proyecto de Ley Ndeg 132/95 Camara-07/96 Senado "Por medio de la cual la Nacion se asocia a la celebracion de los ciento treinta y nueve (139) anos de vida administrativa del municipio de Baranoa, Departamento de Atlantico, rinde tributo de admiracion a sus habitantes y se ordena la construccion de algunas obras", por cuanto el Congreso de la Republica se abstuvo de producir el acto constitucional de insistencia en la constitucionalidad de la norma y, en consecuencia, declaro fundada la objecion presidencial a dicha disposicion.
  5. Tercero. Declararse INHIBIDA para conocer de los articulos 1, 2 y 5 del Objeciones Presidenciales al Proyecto de Ley Ndeg 132/95 Camara-07/96 Senado "Por medio de la cual la Nacion se asocia a la celebracion de los ciento treinta y nueve (139) anos de vida administrativa del municipio de Baranoa, Departamento de Atlantico, rinde tributo de admiracion a sus habitantes y se ordena la construccion de algunas obras", por ausencia de sustentacion especifica de la objecion presidencial a las mismas.
  6. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.