C-383 de 2020
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 800/20
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juicio de necesidad
- Contenido y alcance
- Exequibilidad condicionada
- Exequibilidad del Decreto Legislativo 637 de 2020
- Juicio de constitucionalidad
- Competencia de la Corte Constitucional
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Vigencia de las medidas adoptadas
- Requisitos formales
- Requisitos materiales
- Sujetos a requisitos y limitaciones formales y materiales
- Acceso temporal mediante contribución solidaria
- Flujo de recursos al Sistema de salud
- Cumplimiento de requisitos formales y materiales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 800 de 2020, por el cual se adoptan medidas para el flujo de recursos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y mantener la afiliación al mismo de quienes han perdido la capacidad de pago, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
La Corte concluyó que las medidas adoptadas en la norma objeto de estudio cumplen a cabalidad con los requisitos formales y materiales previstos en la Constitución, en la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción y en la jurisprudencia constitucional.
Se condicionó la exequibilidad de algunas de las normas, para que se entienda que estarán vigentes por el término de la emergencia sanitaria.
Se declaran EXEQUIBLES los artículos 1, 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11 del Decreto revisado y EXEQUIBLES CONDICIONADOS sus artículos 2, 3 y 8, en el entendido que las medidas en ellos contenidas estarán vigentes durante la emergencia sanitaria, o durante el término de vigencia que señale el Congreso de la República en ejercicio de sus competencias ordinarias en la materia.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 800/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11 del Decreto Legislativo 800 de 2020.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 2, 3 y 8 del Decreto Legislativo 800 de 2020, EN EL ENTENDIDO que las medidas en ellos contenidas estaran vigentes durante la emergencia sanitaria, o durante el termino de vigencia que senale el Congreso de la Republica en ejercicio de sus competencias ordinarias en la materia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.