Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de junio de 2020Sala Plena

C-199 de 2020

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 533/20

Tema · dato duro
Medidas Para Garantizar La Continuidad Del Programa De Alimentación Escolar Para Aprendizaje En Casa Y La Prestación Del Servicio De Educación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Calamidad Publica
  • características para fundamentar un estado de emergencia económica, social y ecológica
  • Definición
Estados De Excepcion
  • Control jurídico lo impone la Constitución
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
  • Concepto
  • Control jurídico automático sobre decreto declaratorio y de desarrollo
  • Control político por el Congreso de la República
Programa De Alimentacion Escolar
  • Naturaleza
  • Lineamientos técnicos y administrativos
Control Constitucional De Decreto Legislativo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
  • Exequibilidad
  • Juicio de necesidad
  • Juicio de no contradicción específica
  • Juicio de no discriminación
  • Juicio de proporcionalidad
  • Juicio de conexidad material
  • Juicio de motivación suficiente
  • Juicio de incompatibilidad
  • Juicio de finalidad
  • Juicio de ausencia de arbitrariedad
  • Juicio de intangibilidad
Decretos Legislativos
  • Requisitos formales
Constitucion Politica De 1991
  • Establece tres clases de estados de excepción
Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica, O De Grave Calamidad Publica
  • Características
  • Competencias del Congreso de la República
Decretos Expedidos Durante Estados De Excepcion
  • Criterios y parámetros de control constitucional
17 temas · 36 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 533 de abril 9 de 2020, por el cual se adoptan medidas para garantizar la ejecución del Programa de Alimentación Escolar y la prestación del servicio público de educación preescolar, básica y media, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

La precitada norma permite que el Programa de Alimentación Escolar se brinde a los niños, niñas y adolescentes matriculados en el sector oficial para su consumo en casa, hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19.

Con el mismo Decreto se establece que las Entidades Territoriales Certificadas deben observar los lineamientos que para el efecto expida la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar/Alimentos para Aprender.

La Corte consideró que las medidas establecidas en el instrumento jurídico revisado cumplen los requisitos formales y materiales exigidos por la Constitución y la Ley.

Con base en lo anterior decidió declararlo EXEQUIBLE, a excepción de su artículo 2º que lo declaró EXEQUIBLE de manera CONDICIONADA, en el entendido que, en el caso de los municipios no certificados, los recursos serán administrados por el respectivo departamento

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 533/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Decreto 533/20 «en el entendido de que, en el caso de los municipios no certificados, los recursos serán administrados por el respectivo departamento.»EXEQUIBLE· condicionado
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar la exequibilidad del Decreto Legislativo 533 de abril 9 de 2020, "Por el cual se adoptan medidas para garantizarla ejecucion del Programa de Alimentacion Escolar y la prestacion del servicio publico de educacion preescolar, basica y media, en el marco del Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica", a excepcion de su articulo 2, que se declara exequible de manera condicionada, en el entendido de que, en el caso de los municipios no certificados, los recursos seran administrados por el respectivo departamento.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.