C-416 de 2020
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 811/20
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cumple requisitos de materiales
- Principio de motivación eficiente y suficiente
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de conexidad material
- Juicio de finalidad
- Metodología de revisión de cumplimiento de requisitos materiales
- Juicio de necesidad
- Contenido y alcance
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de finalidad
- Necesidad de debate democrático previo, en enajenación de propiedad accionaria estatal
- Exequibilidad del Decreto Legislativo 637 de 2020
- Juicio de constitucionalidad
- Requisitos formales
- Requisitos materiales
- Juicio de Conexidad material de medidas adoptadas
- Juicio de no contradicción específica
- Principio de deliberación
- Alcance
- Fundamento
- Presupuestos formales y materiales
- Competencias del Congreso de la República
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Control automático de constitucionalidad del Decreto Legislativo 811 de 2020, por el cual se establecen medidas relacionadas con la inversión y la enajenación de la participación accionaria del Estado, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.
La Corte consideró que el Decreto objeto de estudio es contrario al artículo 150-9 de la Constitución, tal y como ha sido interpretado por la jurisprudencia constitucional.
Determinó la Sala Plena que las medidas adoptadas a través de dicho instrumento jurídico no están directa ni específicamente encaminadas a conjurar las causas que dieron origen a la declaratoria de la emergencia, o a impedir la extensión o agravación de sus efectos.
Así mismo, reafirmó que la enajenación de empresas estatales o de la participación accionaria del Estado, requiere de un debate democrático, el cual solo puede concretarse en el Congreso de la República, a través de una ley ordinaria.
Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación declaró la INEXEQUIBILIDAD del precitado Decreto.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 811/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 811 de 2020 "Por el cual se establecen medidas relacionadas con la inversion y la enajenacion de la participacion accionaria del Estado, en el marco del Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.