C-351 de 2020
Ponente Richard Steve Ramírez Grisales
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 774/20
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Expedición por Gobierno
- Exequibilidad parcial
- Finalidad
- Inexequibilidad parcial por cuanto no supera el juicio de necesidad jurídica
- Contenido
- Faculta al gobierno para modificar el presupuesto
- Permite al gobierno efectuar los créditos adicionales y traslados presupuestales ocasionados, constituyendo la fuente del gasto el decreto que declaró el Estado de Excepción
- Exequibilidad del Decreto Legislativo 637 de 2020
- Juicio de constitucionalidad
- Competencia de la Corte Constitucional
- Exequibilidad
- Definición
- Carácter reglado, excepcional y limitado
- Control político y control jurídico
- Competencia extraordinaria del Gobierno Nacional para modificar el Presupuesto General de la Nación
- Alcance de modificaciones en Presupuesto General de la Nación
- Créditos adicionales
- Toda modificación efectuada debe ser informada al Congreso de la República
- Alcance
- Fundamento
- Presupuestos formales y materiales
- Juicio formal
- Juicio material
- Establece tres clases de estados de excepción
- Características
- Competencias del Congreso de la República
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.
La Corte determinó que la adición presupuestal que contiene la precitada norma satisface los juicios materiales de constitucionalidad, a excepción de las disposiciones que incluyen como medida de excepción la liquidación presupuestal, puesto que esto corresponde a facultades ordinarias del Gobierno Nacional.
Se declaran EXEQUIBLES los artículos 1, 2 y 6 del Decreto Legislativo 774/20 e INEXEQUIBLES los artículos 3, 4 y 5 ibídem.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 774/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 2 y 6, del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, "[p]or el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nacion de la vigencia fiscal de 2020 y se efectua su correspondiente liquidacion en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 3, 4 y 5, del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, "[p]or el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nacion de la vigencia fiscal de 2020 y se efectua su correspondiente liquidacion en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.