Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de agosto de 2020Sala Plena

C-351 de 2020

Ponente Richard Steve Ramírez Grisales

✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 774/20

✓
Tema · dato duro
Adición Al Presupuesto De Renta Y A La Ley De Apropiaciones Del Periodo Fiscal 2020. Liquidación De Dicha Adicion
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Decreto Legislativo En Desarrollo De Estado De Emergencia Que Adiciona El Presupuesto General De La Nacion
  • Exequibilidad parcial
  • Finalidad
  • Inexequibilidad parcial por cuanto no supera el juicio de necesidad jurídica
  • Contenido
Estado De Excepcion
  • Faculta al gobierno para modificar el presupuesto
  • Permite al gobierno efectuar los créditos adicionales y traslados presupuestales ocasionados, constituyendo la fuente del gasto el decreto que declaró el Estado de Excepción
Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica Derivado De La Pandemia Por Covid 19
  • Exequibilidad del Decreto Legislativo 637 de 2020
  • Juicio de constitucionalidad
Estados De Excepcion
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
  • Control político y control jurídico
  • Competencia extraordinaria del Gobierno Nacional para modificar el Presupuesto General de la Nación
Emergencia Social
  • Alcance de modificaciones en Presupuesto General de la Nación
Presupuesto General De La Nacion
  • Créditos adicionales
  • Toda modificación efectuada debe ser informada al Congreso de la República
Constitucion Politica De 1991
  • Establece tres clases de estados de excepción
Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica, O De Grave Calamidad Publica
  • Características
  • Competencias del Congreso de la República
16 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.

La Corte determinó que la adición presupuestal que contiene la precitada norma satisface los juicios materiales de constitucionalidad, a excepción de las disposiciones que incluyen como medida de excepción la liquidación presupuestal, puesto que esto corresponde a facultades ordinarias del Gobierno Nacional.

Se declaran EXEQUIBLES los artículos 1, 2 y 6 del Decreto Legislativo 774/20 e INEXEQUIBLES los artículos 3, 4 y 5 ibídem.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 774/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 774/20EXEQUIBLE
Art. 2Decreto 774/20EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 774/20INEXEQUIBLE
Art. 5Decreto 774/20INEXEQUIBLE
Art. 6Decreto 774/20EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 2 y 6, del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, "[p]or el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nacion de la vigencia fiscal de 2020 y se efectua su correspondiente liquidacion en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 3, 4 y 5, del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, "[p]or el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nacion de la vigencia fiscal de 2020 y se efectua su correspondiente liquidacion en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.