Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de agosto de 2020Sala Plena

C-351 de 2020

Ponente Richard Steve Ramírez Grisales

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 774/20

Tema · dato duro
Adición Al Presupuesto De Renta Y A La Ley De Apropiaciones Del Periodo Fiscal 2020. Liquidación De Dicha Adicion
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Decreto Legislativo En Desarrollo De Estado De Emergencia Que Adiciona El Presupuesto General De La Nacion
  • Exequibilidad parcial
  • Finalidad
  • Inexequibilidad parcial por cuanto no supera el juicio de necesidad jurídica
  • Contenido
Estado De Excepcion
  • Faculta al gobierno para modificar el presupuesto
  • Permite al gobierno efectuar los créditos adicionales y traslados presupuestales ocasionados, constituyendo la fuente del gasto el decreto que declaró el Estado de Excepción
Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica Derivado De La Pandemia Por Covid 19
  • Exequibilidad del Decreto Legislativo 637 de 2020
  • Juicio de constitucionalidad
Estados De Excepcion
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
  • Control político y control jurídico
  • Competencia extraordinaria del Gobierno Nacional para modificar el Presupuesto General de la Nación
Emergencia Social
  • Alcance de modificaciones en Presupuesto General de la Nación
Presupuesto General De La Nacion
  • Créditos adicionales
  • Toda modificación efectuada debe ser informada al Congreso de la República
Constitucion Politica De 1991
  • Establece tres clases de estados de excepción
Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica, O De Grave Calamidad Publica
  • Características
  • Competencias del Congreso de la República
16 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.

La Corte determinó que la adición presupuestal que contiene la precitada norma satisface los juicios materiales de constitucionalidad, a excepción de las disposiciones que incluyen como medida de excepción la liquidación presupuestal, puesto que esto corresponde a facultades ordinarias del Gobierno Nacional.

Se declaran EXEQUIBLES los artículos 1, 2 y 6 del Decreto Legislativo 774/20 e INEXEQUIBLES los artículos 3, 4 y 5 ibídem.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 774/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 774/20EXEQUIBLE
Art. 2Decreto 774/20EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 774/20INEXEQUIBLE
Art. 5Decreto 774/20INEXEQUIBLE
Art. 6Decreto 774/20EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 2 y 6, del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, "[p]or el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nacion de la vigencia fiscal de 2020 y se efectua su correspondiente liquidacion en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 3, 4 y 5, del Decreto Legislativo 774 de 3 de junio de 2020, "[p]or el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nacion de la vigencia fiscal de 2020 y se efectua su correspondiente liquidacion en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.