C-492 de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Garantía de acceso material al sistema educativo a través del servicio de alimentación escolar
- Interrelación con los derechos fundamentales al agua, a la salud y a la alimentación
- Naturaleza
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Inexequibilidad por consecuencia con efectos diferidos
- Medidas en el sector educativo
- Justificación
- Contenido y alcance
- Características
- Juicio formal
- Juicio material
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 1269 de 2023, por el cual se adoptan medidas en el sector educación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira.
La precitada norma prevé una medida que permite agilizar los trámites para la ejecución del programa de alimentación escolar PAE, en distintas entidades territoriales del departamento de La Guajira, con el fin de cumplir con la entrega de alimentos para niños y niñas hasta que culmine el período escolar y de extender su provisión incluso durante las vacaciones.
La Sala Plena comprobó que el contenido de la norma se trata de una medida que guarda conexidad con las materias cobijadas por los efectos de inexequibilidad diferidos del Decreto 1085 de 2023, en los términos de la Sentencia C-383/23.
Destacó que el vínculo se presenta por la relación entre el derecho al agua y el derecho a la alimentación y el consecuente impacto que la escasez del agua produce en el acceso de alimentos, además que la medida se destina a un grupo de especial protección constitucional, cuyos derechos son prevalentes.
Tras concluir que el Decreto revisado superó cada uno de los juicios realizados, se declaró su INEXEQUIBILIDAD por consecuencia, con efectos diferidos por un año, contado a partir de la declaratoria de inexequibilidad del Decreto 1085/23.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1085/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar la inexequibilidad del Decreto 1269 de 2023, en virtud de la inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023, que declaró el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira.
- Segundo. Dar efectos diferidos a esta decisión, por el término de un año contado a partir de la declaratoria de inexequibilidad del Decreto 1085 de 2023.
- Cópiese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.