C-274 de 2011
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Revision Constitucional·Demandado Decreto Legislativo 4627 De 2010
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Facultad legislativa del gobierno sujeta a límites
- Parámetros de constitucionalidad
- Cumplimiento de requisitos formales y materiales
- Existencia de relación de conexidad general con decreto declaratorio del Estado de Emergencia por grave calamidad pública
- Medidas adoptadas superan juicios de finalidad, necesidad, proporcionalidad, motivación y no discriminación
- Requisitos y pasos metodológicos
- Juicio de conexidad material directa y específica
- Improcedencia de juicios de motivación y de no discriminación
- Reducción de apropiaciones presupuestales
- Contenido y alcance
- No implica restricciones a derechos constitucionales
- Autorizado para la ejecución de los recursos provenientes de la modificación al presupuesto general de la nación
- Alcance
- En tiempo de normalidad
- Juicios en pasos metodológicos
- Propósito de importancia suprema
- Restricciones para su ejecución
- Reforma por Gobierno
- Procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto Legislativo 4627 de 2010, por el cual se dictan disposiciones para hacer frente a la emergencia económica, social y ecológica y se modifica el presupuesto general de la Nación para la vigencia fiscal de 2010.
Revisión de Constitucionalidad.
Concluye la Corte que las medidas adoptadas mediante el Decreto objeto de revisión son constitucionales, en la medida en que cumplen con los requisitos formales y materiales exigidos en el orden constitucional vigente.
Además, son necesarias, pues su finalidad es solventar uno de los principales problemas de la crisis: el estado de precariedad y de desprotección en el que se encuentran las familias damnificadas por la ola invernal.
También se ajusta a los principios de conexidad, finalidad, necesidad y proporcionalidad.
Sin embargo, como medida de protección de los recursos, se condiciona la exequibilidad de la norma, en entendido de que las partidas transferidas al Fondo Nacional de Calamidades, sólo podrán ser ejecutadas en las zonas y municipios afectadas por el desastre y sólo podrán ser destinadas a la primera fase de la ayuda humanitaria.
EXEQUIBLE CONDICIONADO
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 4627/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion, oido el concepto del Procurador General de la Nacion y surtidos los tramites que ordena el Decreto 2067 de 1991,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el Decreto 4627 de 2010, en el entendido de que las partidas transferidas al Fondo Nacional de Calamidades, solo podran ser ejecutadas en las zonas y municipios afectados por el desastre y destinadas a la primera fase de ayuda humanitaria.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.