C-260 de 2009
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Diogenes Escobar·Demandado Ley 100 De 1993 Artículos 152 A 289, Ley 797 De 2003 Artículo 2
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza y especificidad en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Norma demandada ley 797 de 2003 artículo 2 y la ley 100 de 1993 artículos 152 a 259.
El accionante formula los siguientes cargos, respecto de la ley 797, el Estado no puede obligar a todas las personas a realizar aportes a pensión y de ser obligadas se esta interfiriendo sobre su libre desarrollo de la personalidad.
En cuanto a la ley 100, argumenta que si el Estado no garantiza el derecho a la salud desconoce el derecho a la vida.
La sala observa que los argumentos que el actor expone, no son suficientes y por lo tanto no permiten decidir sobre la demanda interpuesta.
La Corte se declara inhibida para pronunciarse sobre la constitucionalidad de las normas demandadas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del literal a) del articulo 13 de la Ley 100 de 1993, modificado por el articulo 2o de la Ley 797 de 2003 y respecto de los articulos 152 a 289 de la Ley 100 de 1993, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.