Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de abril de 2013Sala Plena

C-224 de 2013

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Carolina Jerez Montoya·Demandado Ley 1480 De 2011, Articulo 66 Parcial

Tema · dato duro
Facultades De Entidades Estatales Para Contratar Apoderados Especiales En Cobro Coactivo. Configura Un Vaciamiento De Competencias Que Contradice El Artículo 2 De La Constitución Política
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cobro Coactivo
  • Características según jurisprudencia del Consejo de Estado
  • Criterios jurisprudenciales respecto de la competencia
Facultades De Entidades Estatales Para Contratar Apoderados Especiales En Cobro Coactivo
  • Configura un vaciamiento de competencias que contradice el artículo 2 de la Constitución Política
  • Designación siempre y cuando este hecho no constituya la regla general sino un mecanismo excepcional
Integracion De Unidad Normativa
  • Jurisprudencia constitucional
Jurisdiccion Coactiva
  • Jurisprudencia constitucional
Demanda De Inconstitucionalidad Sobre Transferencia Integral De La Facultad De Cobro Coactivo A Particulares
  • Se debió definir con claridad si cobro coactivo entraña una función jurisdiccional
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 66 (parcial) de la Ley 1480 de 2011, por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras disposiciones.

Afirma el actor que la norma demandada, al habilitar a los abogados externos de las entidades estatales para realizar el cobro coactivo de las multas impuestas por violación del Estatuto del Consumidor, transfiere a los particulares competencias privativas e indelegables del Estado que tienen una naturaleza jurisdiccional y que implican el ejercicio de prerrogativas exorbitantes de la administración pública.

La Corte encontró que existe una coincidencia material entre el precepto demandado y el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992 y, por ello, procedió a la integración normativa para efectuar el control sobre ambas disposiciones.

La Sala Plena concluyó que la transferencia integral de la facultad de cobro coactivo a particulares configura un vaciamiento de competencias que contradice el artículo 2º de la Constitución Política.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD del artículo 66 de la Ley 1480 de 2011, así como del fragmento del artículo 112 de la Ley 6ª de 1991 que dispone “o podrá contratar apoderados especiales que sean abogados titulados”

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1480/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 66Ley 1480/11INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DECLARAR LA INEXEQUIBILIDAD del Artículo 66 de la Ley 1480 de 2011.
  2. SEGUNDO. DECLARAR LA INEXEQUIBILIDAD del fragmento del Artículo 112 de la Ley 6ª de 1991 que dispone que "o podrá contratar apoderados especiales que sean abogados titulados".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónJorge Iván Palacio PalacioAclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.