C-172 de 2009
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Actividad de interés público
- Reserva de ley
- Ley que definió su objeto social es una ley de autorización y no de creación de la sociedad
- Participación en recuperación de bienes improductivos de entidades financieras privadas
- Viabilidad de modificación del objeto social mediante decreto legislativo
- Existencia de razones por las que medidas eran necesarias
- Guarda relación de conexidad teleológica con decreto declaratorio de estado de excepción
- Necesidad de atribuciones de emergencia para comprometer a los Fondos Nacional y Agropecuario de Garantías (FNG y FAG) en el respaldo de las operaciones de crédito previstas en el decreto
- Medidas encaminadas a conjurar causas de perturbación e impedir extensión de efectos
- Proporcionalidad y conexidad en medida que autoriza la constitución de consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos para implementar cuentas de ahorro electrónicas
- Asimilación de operaciones realizadas en cuentas de ahorro electrónicas a operaciones con tarjetas debito constituye una medida legítima, proporcional y necesaria
- Autorización a CISA para la adquisición de cartera guarda conexidad y afinidad teleológica con decreto de emergencia y resulta proporcional y necesaria
- Competencia para el otorgamiento de beneficios tributarios
- Exclusión de pago del IVA constituye una medida legítima, necesaria y proporcional
- Objeto del otorgamiento de beneficios tributarios a entidades de crédito y cooperativas
- Beneficios tributarios concedidos cumplen requisitos de conexidad, proporcionalidad y necesidad
- Descuento tributario por inversión en cuentas de ahorro electrónicas restringen el uso de los aparatos objeto de la medida
- Exclusión arancelaria para importación de aparatos destinados a cuentas de ahorro electrónicas constituye una medida necesaria y proporcional
- Exenciones en decreto legislativo de emergencia social constituye medida legítima, proporcional y necesaria
- Regulación y exenciones previstas en el Estatuto Tributario
- Aplicación en la fijación de exclusiones arancelarias
- Concepto
- Constituye un impuesto a la importación
- Parámetros constitucionales de examen material
- Características y diferencias
- Constituyen modalidades asociativas y patrimoniales previstas en la normativa civil y comercial
- Requieren autorización del legislador para realizar actividades financieras
- Naturaleza jurídica y objeto
- Naturaleza jurídica y objeto
- Objeto
- Exigencias establecidas por ley estatutaria
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revision oficiosa de constitucionalidad del decreto 4591 de 2008 “por el cual se dictan medidas para extender la oferta de servicios financieros a las personas de menores ingresos de la poblacion y se dictan otras disposiciones”. <br>verificada la satisfaccion de los requisitos de forma, se paso a la consideracion del contenido material de las normas del decreto impugnado y su correspondencia con la constitucion. <br>finalidad del decreto 4591 de 2008 y contenido material de sus normas. <br>la corte encontro la totalidad del contenido del decreto estudiado ajustado a la constitucion.
Se declaro, entonces, la exequibilidad del mismo. <br>exequible <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 4591/08. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Declarar EXEQUIBLE el Decreto 4591 de 2008 "Por el cual se dictan medidas para extender la oferta de servicios financieros a las personas de menores ingresos de la poblacion y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.