C-164 de 2015
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Rafael Mejia Lopez·Demandado Ley 1687 De 2013, Articulo 81
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Requisitos para su configuración
- Configuración
- Cosa juzgada constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Configuración
- Funciones negativa y positiva
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 181 de la Ley 1687 de 2013, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2014.
El demandante afirma que la norma acusada vulnera los artículos 151 y 352 de la Constitución Política, ya que en virtud de la materia regulada en dicha disposición debió discutirse a través del través del trámite contemplado para la aprobación de leyes orgánicas y no mediante un procedimiento ordinario como el que debe seguirse para la aprobación de la ley anual de presupuesto.
Al comprobar que en el presente caso ha operado el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, la Corte decide ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-052/15 que declaró inexequible el artículo demandado en esta ocasión.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1687/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-052 de 2015, que declaro INEXEQUIBLE el articulo 81 de la Ley 1687 de 2013 "Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2014", con efectos diferidos hasta el 31 de diciembre de 2015, a fin de que el Congreso le de el tramite correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.