Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de septiembre de 2000Sala Plena

C-1319 de 2000

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Andres De Zubiria Samper.

Tema · dato duro
Ley 550 De 1999. Arts 2 3 67 42 Y 58 Parciales. Empresas Y Trabajadores Acuerdos Especiales En Materia Laboral. Objeto De Modificacion De Las Convenciones Colectivas. Aplicación A Trabajadores Sindicalizados. Funciones De Los Promotores Y Peritos Designados Por Camaras De Comercio. Autonomia En Materia Crediticia De Entidades Territoriales. Exequible- Inexequible E Inhibida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ley De Reactivacion Empresarial
  • Convenios temporales concertados
  • Funciones de promotores no equiparables a conciliadores
  • Sacrificios de beneficio de trabajadores
Convencion Colectiva
  • Circunstancias de modificación
  • Modificación
  • Revisión
  • Vigencia
Camara De Comercio
  • Función administrativa
  • Promotores y peritos en acuerdos de reestructuración empresarial
Derecho De Asociacion Sindical Negativo
  • Convenio de concertación de condiciones laborales especiales
  • Obligación a ser representados por sindicatos
Derechos Adquiridos
  • Convenios temporales concertados
Entidades Territoriales
  • Autonomía limitada en endeudamiento público
  • Límites en contratación de crédito público
  • Autonomía limitada en materia crediticia
  • Operaciones de crédito público
Empresa
  • Función social
Teoria De La Imprevision En Convenciones Colectivas
  • Reducción de beneficios laborales de mutuo acuerdo
8 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 550/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 550/99 «numeral 9»EXEQUIBLE
Art. 3Ley 550/99 «numeral 4»EXEQUIBLE
Art. 42Ley 550/99EXEQUIBLE
Art. 58Ley 550/99 «parágrafo 3°, numeral 6°»EXEQUIBLE
Art. 6Ley 550/99 «inciso 4»EXEQUIBLE
Art. 7Ley 550/99 «inciso 1»EXEQUIBLE
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E LV E
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLES el numeral 9deg del articulo 2deg, el numeral 4deg del articulo 3deg, la expresion "en los demas casos ante la Camara de Comercio con jurisdiccion en el domicilio principal del respectivo empresario, societario o no.", contenida en el inciso 4deg del articulo 6deg, la expresion "o la Camara de Comercio, segun sea el caso" contenida en el inciso 1deg del articulo 7deg y la expresion "y en las Camaras de Comercio" del paragrafo 3deg del mismo articulo y el numeral 6deg del articulo 58 de la Ley 550 de 1999.
  4. Segundo. Declarar exequible el articulo 42 de la Ley 550 de 1999, salvo las expresiones "pactos colectivos" contenida en el primer inciso de dicha disposicion y "En ausencia de sindicato, si se llega a un mismo convenio con un numero plural de trabajadores igual o superior a las dos terceras partes del total de los trabajadores de la empresa, sus terminos se extenderan tambien a los demas trabajadores de la misma", contenida en el
  5. segundo. inciso del mismo articulo, que se declaran inexequibles.
  6. Tercero. Declararse INHIBIDA para proferir una decision de fondo, respecto de la expresion " En ningun caso, la solicitud, la promocion, la negociacion, la celebracion y la ejecucion de un acuerdo de reestructuracion implica indicio, reconocimiento o declaracion de unidad de empresa para efectos laborales.", contenida en el paragrafo 3deg del articulo 6deg de la Ley 550 de 1999.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Gregorio Hernández Galindo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.