C-1185 de 2000
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Henry Alfonso Fernandez Nieto Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Exigencia de paz y salvo
- Mecanismo de solución de conflictos
- Mecanismos de reestructuración del pasivo de empresa en crisis
- Diferencias
- Procedencia por fracaso de acuerdo de reestructuración
- Abolición como mecanismo de reactivación económica
- Abolición desconoce principios laborales
- Carácter preconstitucional
- Concepto
- Igualdad de oportunidades para el trabajador
- Finalidad
- Exigencia de paz y salvo
- Finalidad
- Congruencia entre título de ley y contenido
- Interpretación no puede obstaculizar desarrollo de actividades legislativa
- Vulneración por tratarse de norma tributaria aislada del contexto de la ley
- No constituye camisa de fuerza para el legislador
- Coherencia entre contenido del artículo y propósito de la ley
- Conexidad
- Derogatoria por legislador no desconoce garantías laborales
- Prestación de servicios a empresa dependiente de un mismo patrono
- Inscripción de liquidadores
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 7º parágrafo 4º, 57 parágrafo 3º y 75 de la Ley 550 de 1999, por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley.
Argumentaron los actores que las disposiciones acusadas son violatorias de los artículos 13, 25, 29, 53, 153, 158 y 209 la Constitución Política.
La Corte decidió declarar EXEQUIBLE el parágrafo 4º del artículo 7º de la Ley 550 de 1999 e INEXEQUIBLES el parágrafo 3º del artículo 57 y el artículo 75 ibidem.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 550/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E LV E
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el paragrafo 4deg del articulo 7deg de la Ley 550 de 1999.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLES el paragrafo 3deg del articulo 57 y el articulo 75 de la Ley 550 de 1999.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.