C-125 de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Revision De Constitucionalidad De La Ley 2104 De 2021
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidad
- Imposibilidad de limitar funciones monetarias, cambiarias y crediticias de la Junta Directiva del Banco de la República
- Se ajusta a la Constitución Política
- Deber de consulta previa frente a decisión legislativa y administrativa que las afecte directamente, incluso leyes aprobatorias de tratados internacionales y actos legislativos
- Jurisprudencia constitucional
- Justificación
- Finalidad
- Concesión de exenciones, prerrogativas e inmunidades a los bienes y funcionarios
- Reconocimiento de la personalidad y la capacidad jurídica en el ordenamiento jurídico interno
- Privilegios e inmunidades encuentran límites en derechos laborales y de la seguridad social
- Elementos
- No es contrario a la Constitución Política
- Exenciones tributarias no contrarían la Constitución
- Justificación de las exenciones tributarias
- Suscripción y aprobación no atenta contra la soberanía nacional
- No se requiere cuando la normatividad no dispone intervención específica a los pueblos o comunidades étnicas
- Características
- Competencia de la Corte Constitucional
- Control formal y material
- Jurisprudencia constitucional
- Naturaleza y composición
- No es absoluto
- Concepto
- Control material
- Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
- Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
- Principios de consecutividad e identidad flexible
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 2104 del 16 de julio de 2021, por medio de la cual se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de Inversiones sobre el establecimiento de una Representación Regional del Banco Europeo de Inversiones en la República de Colombia, suscrito en Bogotá el 22 de julio de 2019.
El precitado Acuerdo tiene como fin el establecimiento de una oficina de representación regional, que se inscribe dentro del denominado acuerdo de sede, con la función de financiar préstamos a largo plazo y brindar asistencia técnica a instituciones públicas y empresas privadas para proyectos que se centran en áreas como la infraestructura, el clima y la sostenibilidad ambiental, la innovación y habilidades, las pequeñas y medianas empresas, la cohesión económica y social, y el desarrollo.
Al realizar el examen formal encontró la Corte válido el procedimiento desarrollado en sus fases previa gubernamental, legislativa y sancionatoria, es decir, que no se desconocieron los principios de unidad de materia, consecutividad e identidad flexible, ni tampoco era exigible la consulta previa de los pueblos étnicos y que el Ministerio de Hacienda conceptuara sobre el impacto fiscal.
En cuanto al control material se declaró ajustado a la Constitución, al observar el principio de soberanía nacional, la internacionalización de las relaciones sobre bases de equidad, igualdad y conveniencia nacional, los principios del derecho internacional aceptados por Colombia y el principio de seguridad jurídica.
Con base en lo anterior, se declaró CONSTITUCIONAL el Acuerdo mencionado y EXEQUIBLE la Ley aprobatoria del mismo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2104/21. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar CONSTITUCIONAL el Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de Inversiones sobre el establecimiento de una Representación Regional del Banco Europeo de Inversiones en la República de Colombia, suscrito en Bogotá el 22 de julio de 2019, así como EXEQUIBLE la Ley 2104 de 16 de julio de 2021, aprobatoria del mismo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.