C-1235 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Pedro Ivan Bonilla Arcos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Parámetros jurisprudenciales
- Utilización de expresiones para denominar a personas con limitaciones psíquicas
- Origen
- Reemplazo de las expresiones "amos", "criados" y "sirvientes" por "empleadores" y "trabajadores"
- Utilización en el Código Civil de expresiones “criado”, “sirviente”y “amo” admite interpretaciones discriminatorias y denigrantes de la condición humana
- Admisión de prueba en contrario
- Elementos
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Régimen de responsabilidad objetiva
- Responsabilidad directa
- Culpa in vigilando, culpa in eligendo
- Fundamento
- Presunción de culpa
- Responsabilidad indirecta
- Supuestos en que procede
- Teoría del riesgo creado o riesgo beneficio
- Debe estar acorde con principios y valores constitucionales
- Utilización de la expresión "criado" para designar empleado doméstico
- Utilización de la expresión “transferencia" de deportistas
- Utilización de la expresión "recursos humanos" de la rama judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo civil articulo 2349.
De las obligaciones en general y de los contratos.
Responsabilidad comun por los delitos y las culpas.
El actor considera que la norma demandada desconoce el articulo 1º de la constitución.
Contenido y alcance del articulo 2349 del codigo civil.
La impropia utilización del lenguaje como fundamento de la inconstitucionalidad de expresiones legales.
Parámetros jurisprudenciales.
Inexequible las expresiones "amos" "criados" y "sirvientes" incluidas en el articulo 2349 del codigo civil las que se sustituyen por las expresiones "empleadores" y "trabajadores" respectivamente
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- R E S U E L V E
- Declarar INEXEQUIBLE las expresiones "amos", "criados" y "sirvientes", incluidas en el articulo 2349 del Codigo Civil, las que se sustituyen por las expresiones "empleadores" y "trabajadores", respectivamente. Por lo tanto, el texto del articulo 2349 del Codigo Civil es el siguiente:
- Art. 2349 - Los empleadores responderan del dano causado por sus trabajadores, con ocasion del servicio prestado por estos a aquellos; pero no responderan si se probare o apareciere que en tal ocasion los trabajadores se han comportado de un modo impropio, que los empleadores no tenian medio de prever o impedir empleando el cuidado ordinario y la autoridad competente; en este caso recaera toda responsabilidad del dano sobre dichos trabajadores.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.